Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6001

Ley 6001/1958 - CREANDO UN HOGAR REGIONAL PARA ANCIANOS EN TRES LOMAS, PARTIDO DE PELLEGRINI.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 16/01/1959
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6001 LEY 6001 Creando un Hogar Regional para Ancianos en Tres Lomas, Partido de Pellegrini. EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Se crea en la localidad de Tres Lomas, un Hogar para Ancianos de ambos sexos, Regional, con capacidad para cien personas, que dependerá del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de la Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.