Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 513

Decreto-ley 513/1957 - (DEC-LEY 513/957)AMPLIANDO EL PLAZO ACORDADO EN EL ARTICULO 2º, INCISO B)DEL DEC-LEY Nº17293/956,REGULIZADOR DE LA SITUACION JURIDICA DE LOS OCUPANTES DE INMUEBLES FISCALES EN ENSENADA Y BERISSO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 13/05/1957
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| DECRETO-LEY N? 513 . Ampliando el plazo acordado en ei Artículo 29, Inciso b) del Decreto-Ley número 17.293/956, regulizador de la situación jurídica de los ocupantes de inmuebles fiscales en Ensenada y Berisso La Plata, 23 de enero de 1957. Visto el Decreto-Ley número 17.293 de fecha 26 de setiembre de 1956. por el que se regulariza la situación jurídica de los ocu- pantes de inmuebles fiscales ubicados en los pueblos de Ensenada y Berisso, y — Considerando: | Que en el inciso b) del artículo 22 se establece, entre los recau- dos exigidos para disponer la adjudicación de lotes:a los ocupantes . la, de acogerse a los beneficios previstos por el referido Decreto-Ley hasta el 31 de diciembre de 1956. Que la, integración y funcionamiento de las Comisiones Hono- rarias de Vecinos de los Pueblos dea Ensenada y Berisso que ten- drían a su cargo el estudio de dichas adjudicaciones y que fueran creada por el mismo Decreto-Ley, ha originado demoras en el trá- mite de las solicitudes y presentaciones, con el consiguiente per- juicio para los ocupantes interesados. Que, finalmente, es propósito del Gobierno de la Provincia el de extender los beneficios acordados por el Decreto-Ley número 17.293/56 a la mayor cantidad posible de tenedores de lotes fiscales, P | . i — 697 — : a fin de que regularicen su situación legal y se afinquen definitiva- i i | mente como propietarios de dichas tierras. wll Por ello, el Interventor Federal de la Provincia en ejercicio del i Poder Legislativo — Y DECRETA CON FUERZA DE LEY: . i | Art. 12 Ampliase hasta el 31 de marzo de 1957, el plazo acordado i : en el inciso b) del artículo 22 del Lecreto-Ley número 17.293 de l fecha 26 de setiembre de 1956. . Art. 2° El presente Decreto-Ley será refrendado por todos i Ñ los ministros en Acuerdo General, ob | ‘Art. 3° Comuniquese, publiquese, dése al Registro y “Boletin it i Oficial” y archivese. ~ . i | BONNECARRERE. JUAN R. AGUIRRE LANARI, E. CORTÉS, f i JAIME E. Ruiz, RoDOLFO A. EYHERABIDE, i E. Z. DE DECURGEZ, A. R. REYNAL O'CONNOR, | : —_—— | |) | | | 1 de