Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 52
MODIFICA - ARTICULO 2° Y 3° - DECRETO N° 2020/07 - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - LEY 2.214 - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - FACULTADES
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes 2.214, 2.628 y 6.684, los Decretos 2.020/07 y 387/23, la Resolución 239/APRA/25, el Expediente EX-2026-05282420-GCABA-DGEVA, y CONSIDERANDO: Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece, en su artículo 26, que el ambiente es patrimonio común y que es deber de toda persona preservarlo y defenderlo, en provecho de las generaciones presentes y futuras; Que la Ley 2.214 regula la generación, manipulación, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el artículo 7° de la citada Ley se prevé que la Autoridad de Aplicación será el organismo de más alto nivel con competencia ambiental del Poder Ejecutivo; Que por el Decreto 2.020/07 se aprobó la reglamentación de la referida Ley 2.214 y se estableció a la entonces Secretaría de Ambiente como su Autoridad de Aplicación; Que mediante la Ley 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad autárquica que tiene por objeto proteger la calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires; Que por la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que contempla en su Título IV a la Vicejefatura de Gobierno; Que a través del Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Agencia de Protección Ambiental en el ámbito de la Subsecretaría de Ambiente, dependiente de la mencionada Vicejefatura de Gobierno; Que mediante la Resolución 239/APRA/25 se aprobó la estructura organizativa de la Agencia de Protección Ambiental, contemplando a la Gerencia Operativa Gestión de Residuos, dependiente de la Dirección General Evaluación Ambiental; Que entre las acciones de la precitada Gerencia Operativa se encuentran las de elaborar y difundir documentos técnicos, normativa, reglamentaciones e información relacionados a la gestión de los Residuos Especiales de Generación Universal y a la gestión de Residuos Peligrosos y Patogénicos; y de diseñar, promover e implementar programas de adecuación a la normativa ambiental vigente en materia de Residuos Patogénicos y Peligrosos; Que en función de los cambios de estructura producidos, resulta necesario modificar el Decreto 2.020/07 y establecer a la Agencia de Protección Ambiental, o al organismo que en el futuro la reemplace, como Autoridad de Aplicación de la Ley 2.214; Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Sustituir el texto del artículo 2° del Decreto 2.020/07 por el siguiente: "Artículo 2°.- Establecer a la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o al organismo que en el futuro la reemplace, como Autoridad de Aplicación de la Ley 2.214." Artículo 2°.- Sustituir el texto del artículo 3° del Decreto 2.020/07 por el siguiente: "Artículo 3°.- Facultar a la Autoridad de Aplicación de la Ley 2.214 a dictar las normas aclaratorias, complementarias y operativas que fueren necesarias para la aplicación de la Ley 2.214 y su reglamentación." Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a la Subsecretaría de Ambiente, dependiente de la Vicejefatura de Gobierno. Remitir a la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archivar. MACRI - Sánchez Zinny Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle MODIFICA DECRETO 2020 2007 <p>Artículo 1° del Decreto 52/26 sustituye el texto del artículo 2° del Decreto 2.020/07.</p><p>Artículo 2° sustituye el texto del artículo 3°.</p>