Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11249
Ley 11249/1992 - MODIFICA DEC-LEY 9650/80, REGIMEN PREVISIONAL DE LA PROVINCIA.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 17/06/1992
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 11249 LEY 11249 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Incorpórase como artículo 63° bis del Decreto-Ley 9.650/80, el siguiente: “Artículo 63° bis.- Contra las Resoluciones del Instituto, los interesados podrán interponer recurso de revocatoria dentro del plazo de veinte (20) días. Las notificaciones de las Resoluciones que denieguen total o parcialmente el beneficio previsional, deberán contener la transcripción íntegra del primer párrafo de este artículo, bajo pena de nulidad.” ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.