Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14727
Ley 14727/2015 - PRORROGA POR EL TÉRMINO DE 5 AÑOS LA VIGENCIA DE LA LEY 13776, MODIFICADA POR LA LEY 14501, POR LA CUAL SE DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA INMUEBLES EN LA LOCALIDAD DE VILLA GRANADEROS GENERAL SAN MARTÍN.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 18/08/2015
Reformas y relaciones normativas
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Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 14727 LEY 14727 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1 ° .- Prorrógase por el término de cinco (5) años la vigencia de la Ley 13.776, modificada por la Ley 14.501, a partir de su vencimiento. ARTÍCULO 2 ° .- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los trece días del mes de mayo del año dos mil quince.