Nación · Ley N° 13221

Ley 13221 - AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO PARA QUE FIJE EL ARANCEL DEL BOLETIN OFICIAL.

Estado no verificadoSanción: 12/08/1948Publicación B.O.: 31/08/1948Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina ARANCEL DEL BOLETIN OFICIAL LEY 13.221 Sancionada: Agosto 12-1948 Promulgada: Agosto 25-1948 POR CUANTO: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY: ARTICULO 1° — Autorízase al Poder Ejecutivo para que fije el arancel del Boletín Oficial. ARTICULO 2° — Deróganse las disposiciones de la ley 11.582 y demás en vigor que se opongan a la presente. ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. J. H. QUIJANO H. J. CAMPORA Alberto H. Reales Rafael V. González. —Registrada bajo el N° 13.221—