Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7430

Ley 7430/1968 - MODIFICACIONES DE LA LEY 6014 Y DEC-LEY 9150/63. (CREACION DE LA SUBSECRETARIA DE TRABAJO)

Estado no verificadoPublicación B.O.: 22/10/1968
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

| LEY 7.430 o Modificación de la ley 6.014 y decreto ley 9.150/963. Creación de la Subsecretaría de Trabajo. La Plata, 1° de octubre de 1968. Vista la autorización del Gobierno Nacional concedida por de- Ñ creto 5.487/|68, en ejercicio de las facultades legislativas que le con- fiere el artículo 9° del Estatuto de la Revolución Argentina, el Go- bernador de la provincia de Buenos Aires y sanciona y promulga con fuerza de — : j LE Y: ; E + Art. 19 Deróganse los artículos 4, 23, 24, 25, 27 a 38 y 40, segun- i da parte, inclusive de la ley N° 6.014 y modificatorios 3 y 10 a 15, in- clusive der decreto-ley N° 9.150/63. | Art. 2° Sustitúyese el artículo 9° de la ley N® 6.014, modificado i por el artículo 14 del decreto ley 9.150/63, donde dice “no justiftrán- . ' dose la inasistencia el Ministerio de Acción Social impondrá las san- ciones que estatuye esta ley” por “no justificándose la inasistencia H la Subsecretaría de Trabajo impondrá, las sanciones que legalmente | correspondan”. : . | Art. 3° Sustitúyese en el artículo 12 de la ley N° 6.014 modificado por el artículo 5° del decreto ley 9.150/63, donde dice “El incumpli- miento del laudo dara lugar a la aplicación de las sanciones que au- toriza esta ley” por “el incumplimiento del laudo dará lugar a la E aplicación de las sanciones que legalmente correspondan”. Art. 4° Sustitúyese “el Ministerio de Acción Social” por “El Mi- nisterio de Economía” en todos los artículos de la ley 6.014 y del decreto-ley 9.150/63. * . Art. 5% Sustitúyese “el Ministro de Acción Social” por “el Minis- “tro de Economía” en todos los artículos de la ley 6.014 y del decreto- : ley 9.150/63. | Art. 6° Sustitúyese “el Ministerio de Salud Pública” por “el Mi- + nisterio de Bienestar Social” en todos los artículos de la ley-6.014 y 3 del decreto-ley 9.150/63. o J a Art.79 Sustitúyese “el: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación” por “la Secretaría de Estado de Trabajo de la Nación”, en todos los artículos de la ley 6.014 y del decreto-ley 9.150/63. Art. 8° Facúltase al Ministerio de Economía a ordenar el texto de la ley 6.014 y sus modificatorias. : ' Art. 99 Cúmplase, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” 7 y archívese. . 7 = IMAZ. o . eo . - J. M. DAGNINO Pastore, _ Registrada bajo el número siete mil cuatrocientos treinta (7.430), RF. Navas. Publicada en el “Boletin Oficial” del 22 de octubre de 1968. < = o