Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7674
Ley 7674/1971 - DONANDO A LA SOCIEDAD PROTECTORA DEL HOGAR DE CARIDAD DE VEINTICINCO DE MAYO UN AUTOMOTOR.
o LEY 7.674 4/3|# : ; Donando a la Sociedad Protectora del Hospital de Caridad Ñ : Ae Veinticinco de Mayo, un automotor =~ : o : La Plata, 5 de febrero de 1971. Viste la autorización del Gobierno Nacional concedida por. de- creto 2.091' de 1969, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9° del Estatuto de la Revolución Argentina, et " Gobernador de..la provincia de Buends Aires sanciona y promulga con fuerza de— 2 | o Ne . : : : - Art. 19 Dónase sin cargo a la Sociedad” Protectora del’ Hospital de Caridad de Veinticinco de Mayo la camioneta marca Ford modelo. . 1957, motor N°. F, 10K-7E-22.305, R, O, 3419, registrada en. el. patri--* monio del Ministerio de Obras Públicas (Dirección ‘de Despacho y Servicios) en la cuenta 4.7.2., valor $:800,42, o : Za Art, 29 El bien comprendido en el artículo anteñior se.dona para. “ser-enajenado y aplicar el próducido-én el mantenimiento :del-Asila - de antianos de esa localidad; : . - . : Art, 32 Cúniplase, comuníquese, dése al Registro y “Bcletin Ofi--. cial”. > ; 7 . . To. o Ñ o E oo : CA RIVARA ÓN °°. CO. A. BeNaviDES, J. DE SAN MARTÍN, >. A - R. Lumi, J. HR. QUESTA, | : o. - of O. E. Brasco. 0h : E ° Registrada bajo el número siete mil seiscientos setenta-y~-cuatro.- | (CAY oS ; . oe E at os Y . . . a ie ee | . o : . “J. DE SAN MARTÍN. +...