Provincia de Buenos Aires · Ley N° 13216
Ley 13216/2004 - MODIFICA LEY 12726 (REF. CREACION DEL FIDEICOMISO)
Estado no verificadoPublicación B.O.: 06/09/2004
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 13216 LEY 13216 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1°: Modifícase el inciso a) del artículo 3º de la Ley 12.726, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 3º:- El Fideicomiso constituido tendrá las siguientes características: a) Su Administración estará a cargo de un Comité integrado por ocho (8) miembros. Seis (6) designados por el Poder Legislativo, en razón de tres (3) por cada Cámara, con participación de la minoría, y dos (2) designados por el Poder Ejecutivo. Dicho Comité será presidido por un representante del Poder Ejecutivo” ARTICULO 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.