Provincia de Buenos Aires · Decreto N° 1015
Acepta la renuncia al cargo de Jueza del Juzgado de Garantías del Joven Nº2 del Departamento Judicial Quilmes, presentada a los fines jubilatorios por Analía Noemí Consolo.
Decreto 1015/2021 DECRETO 1015/2021 LA PLATA, 12 de Noviembre de 2021 VISTO el expediente EX-2021-28059019-GDEBA-SSJMJYDHGP, mediante el cual la Doctora Analía Noemí CONSOLO presenta su renuncia al cargo de Jueza del Juzgado de Garantías del Joven N° 2 del Departamento Judicial Quilmes, y CONSIDERANDO: Que la Doctora Analía Noemí CONSOLO fue designada Jueza del Juzgado de Garantías del Joven del Departamento Judicial Quilmes, mediante Decreto Nº 1732 del 20 de septiembre de 2010; Que la nombrada magistrada ha presentado la renuncia a dicho cargo a los fines jubilatorios, solicitando que le sea aceptada a partir del 1° de noviembre de 2021; Que ha tomado intervención la Dirección de Asesoramiento Técnico a la Presidencia en relación a los Organismos de la Constitución de la Suprema Corte de Justicia, señalando que no surgen actuaciones en trámite respecto de la Doctora CONSOLO; Que se ha expedido la Secretaría Permanente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, informando que no obran actuaciones relacionadas con la citada magistrada en el marco de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias; Que la Subsecretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, informa que no ha recibido notificaciones en cuanto a la configuración del extremo indicado en el artículo 36 de la Ley N° 13.661 y sus modificatorias, en relación a la Doctora CONSOLO; Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DECRETA ARTÍCULO 1º. Aceptar, a partir del 1° de noviembre de 2021, a los fines jubilatorios, la renuncia presentada por la Doctora Analía Noemí CONSOLO (DNI Nº 13.581.242 – clase 1959) al cargo de Jueza del Juzgado de Garantías del Joven N° 2 del Departamento Judicial Quilmes. ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y de Jefatura de Gabinete de Ministros. ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar. Julio César Alak, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro ; AXEL KICILLOF, Gobernador.