Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14797
Ley 14797/2015 - DECLARA INCORPORADO DEFINITIVAMENTE COMO “BIEN DE INTERÉS ARQUITECTÓNICO CULTURAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES” AL EDIFICIO Y JARDINES PERIMETRALES DEL LUGAR CONOCIDO COMO “EX HOTEL PROVINCIAL DE LA PLATA”, SITO SOBRE LA CALLE 8 ENTRE CALLES 50 Y 51.
Ley 14797 LEY 14797 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1 °.- Declárase incorporado definitivamente como “Bien de Interés Arquitectónico Cultural de la Provincia de Buenos Aires” al edificio y jardines perimetrales del lugar conocido como “Ex HOTEL PROVINCIAL DE LA PLATA”, sito sobre la calle 8 entre calles 50 y 51 de la Ciudad de La Plata, identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección H , Manzana 590, Parcela 1a, dominio matrícula N° 40.198 (55). ARTÍCULO 2 °.- El Poder Ejecutivo adoptará las medidas pertinentes a los efectos de la declaración del artículo anterior y aquéllas necesarias relacionadas con la custodia y preservación del edificio, conforme las disposiciones de las Leyes 10419 y sus modificatorias. ARTÍCULO 3 °.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los dieciséis días del mes de septiembre de dos mil quince.