Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 206

DESIGNA FUNCIONARIOS - DIRECTOR GENERAL - RODRIGO BRAVO - DIRECCIÓN GENERAL ARTICULACIÓN TERRITORIAL - SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE GESTIÓN - MINISTERIO DE GOBIERNO

Estado no verificadoPublicación B.O.: 26/06/2018Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: Las Leyes Nros. 5.460 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y 5.960, los Decretos N° 363/15 y modificatorios, el Expediente Electrónico N° 15.953.133/MGEYA- MGOBGC/18, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria 5.960, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Gobierno; Que por el Decreto N° 363/15 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General; Que por el Decreto N° 119/18 se modificó parcialmente el Decreto N° 363/15 y modificatorios, contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Gobierno, a la Dirección General Articulación Territorial dependiente de la Subsecretaría de Articulación y Fortalecimiento de Gestión; Que en consecuencia, el Ministro de Gobierno propicia la designación a partir del 2 de junio de 2018, del Lic. Rodrigo Bravo, DNI N° 26.312.829, CUIL N° 20-26312829-0, como Director General de la Dirección General Articulación Territorial; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 2 junio de 2018, al Lic. Rodrigo Bravo, DNI N° 26.312.829, CUIL N° 20-26312829-0, como Director General de la Dirección General Articulación Territorial, dependiente de la Subsecretaría de Articulación y Fortalecimiento de Gestión del Ministerio de Gobierno. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 5.666), comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas, y a las Direcciones Generales Proyectos Tecnológicos y Gestión Documental, y Escribanía General dependientes de la Secretaría Legal y Técnica, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Screnci Silva - Miguel