Nación · Ley N° 13905

Ley 13905 - APRUEBASE EL ESTABLECIMIENTO DE RELACIONES DIPLOMATICAS ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LAS REPUBLICAS DEL LIBANO Y DE SIRIA, EFECTUADO MEDIANTE LAS NOTAS REVERSALES INTERCAMBIADAS EN LA CIUDAD DE LONDRES LOS DIAS 22 Y 23 DE NOVIEMBRE DE 1945, RESPECTIVAMENTE, POR LOS REPRESENTANTES DE LOS TRES PAISES EN GRAN BRETAÑA.

Estado no verificadoSanción: 06/07/1950Publicación B.O.: 20/07/1950Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina LEY 13.905 ESTABLECIMIENTO DE RELACIONES DIPLOMATICAS CON EL LIBANO Y SIRIA Sancionada: Julio 6 1950 Promulgada: Julio 17 1950 POR CUANTO: El Senado y Cámara de Diputados de  la Nación Argentina,  reunidos  en  Congreso, sancionan  con  fuerza  de LEY: ARTICULO 1º - Apruébase el establecimiento de relaciones diplomáticas entre la República Argentina y las repúblicas del Líbano y de Siria, efectuado mediante las notas reversales intercambiadas en la ciudad de Londres los días 22 y 23 de noviembre de 1945, respectivamente, por los representantes de los tres países en Gran Bretaña. ARTICULO 2º - Apruébase la creación de las legaciones de la República en Líbano y Siria, dispuesta por decreto 24.537, del 28 de diciembre de 1946. ARTICULO 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a seis de julio del año del Libertador General San Martín mil novecientos cincuenta. J. H. QUIJANO H. J. CAMPORA Alberto H. Reales Rafael V. González. Registrada bajo el número  13.905