Nación · Ley N° 685

Ley 685 - OBJETO CUMPLIDO-DECLARA ESTADO DE SITIO EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA

Estado no verificadoSanción: 24/09/1874Publicación B.O.: 24/09/1874Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Estado de sitio en todo el territorio del país. Estado de sitio en todo el territorio del país. Ley Nº 685 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de Ley: Art. 1°. Declárase en estado de sitio todo el territorio de la República por el término de sesenta días. Art. 2°. Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veinte y seis dias del mes de Setiembre de mil ochocientos setenta y cuatro. Adolfo Alsina. Cárlos M. Saravia, Secretario del Senado. Luis Saenz Peña. Delfin Gallo, Diputado Secretarío. Dapartamento del Interior. Buenos Aires, Setiembre 26 de 1874. Por tanto: Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al Registro Nacional. SARMIENTO.