Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6602
DENOMINA - CALLES SENDEROS Y PLAZOLETAS PÚBLICAS - BARRIO 20 - PAPA FRANCISCO - FRIDA KAHLO - JUANA MORO - JUANA MARÍA DE LARA - MANUELA GANDARILLAS - CLAUDIA FALCONE - NUEVAS CALLES CATASTRALES - NORMA COLOMBATTO - MARÍA ELENA WALSH - BARTOLINA SISA - MARIE CURIE - NUEVAS PLAZOLETAS PÚBLICAS - CANDELA SOL RODRÍGUEZ - TERESA RODRÍGUEZ - FLORENTINA GÓMEZ MIRANDA - MARÍA REICHE - AMALIA CELIA FIGUEREDO - NELLY BELTRÁN - NUEVOS SENDEROS PÚBLICOS - GUARDIA NACIONAL - CALLE SIN NOMBRE OFICIAL - DESDE AV. CRUZ HASTA SU INTERSECCIÓN CON LA MANZANA 30E - ING. JOSÉ LUIS DELPINI - CALLE SIN NOMBRE OFICIAL
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Denomínase "Frida Kahlo", "Juana Moro", "Juana María de Lara", "Manuela Gandarillas" y "Claudia Falcone" a las nuevas calles catastrales del Barrio 20-Papa Francisco identificadas respectivamente como puntos 1,2, 3, 4 y 5 en el
Anexo que forma parte de la presente.
Art. 2°.- Denomínase "Juana Moro", "Juana María de Lara", "Manuela Gandarillas" y "Claudia Falcone" a los nuevos senderos del Barrio 20-Papa Francisco identificados respectivamente como puntos 6, 7, 8 y 9 en el Anexo que forma parte de la presente. Art. 3°.- Denomínase "Norma Colombatto", "María Elena Walsh", "Bartolina Sisa", "Marie Curie" a las nuevas plazoletas públicas del Barrio 20-Papa Francisco indicadas respectivamente como puntos 10, 11, 12 y 13 en el Anexo que forma parte de la presente. Art. 4°.- Denomínase "Candela Sol Rodríguez", "Teresa Rodríguez", "Florentina Gómez Miranda", "María Reiche", "Amalia Celia Figueredo", "Nelly Beltrán" a los nuevos senderos públicos del Barrio 20-Papa Francisco identificados respectivamente como puntos 14, 15, 16, 17, 18 y 19 en el Anexo que forma parte de la presente. Art. 5°.- Denomínase "Guardia Nacional" a la calle sin nombre oficial que se extiende desde Av. Cruz hasta su intersección con la manzana 30E, identificada como punto 20 en el Anexo que forma parte de la presente. Art. 6°.- Denomínase "Ing. José Luis Delpini" a la calle sin nombre oficial identificada como punto 21 en el Anexo que forma parte de la presente. Art. 7°.- Dispónese que en cada extremo de las arterias deberá colocarse una señalización, sea mediante carteles, placas y/o señalética u otros formatos. Art. 8°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi Buenos Aires, 13 de diciembre de 2022 En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 6602 (E.E. N° 44122780-GCABA- DGALE/22), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 17 de noviembre de 2022. El presente decreto es refrendado por el Señor Ministro de Cultura, por la Señora Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Cultura y al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Avogadro - Migliore - Miguel