Nación · Ley N° 1039
Ley 1039 - RESTABLECIMIENTO DEL JUZGADO FEDERAL DE JUJUY.
SAIJ - InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Ley 1.039 RESTABLECIMIENTO DEL JUZGADO FEDERAL DE JUJUY. BUENOS AIRES, 29 de septiembre de 1880 EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO, ETC. SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Restablécese el Juzgado Federal de Sección de la Provincia de Jujuy, suprimido por Ley de 27 de junio de 1876. ARTICULO 2.- El personal, sueldos y gastos de dicho Juzgado será el que tienen asignados en el presupuesto vigente las secciones de Salta, Santiago, La Rioja, y San Luis. ARTICULO 3.- El Juez de la Sección Salta entregará al que se nombre para la de Jujuy, la biblioteca, archivo y enseres que pertenecieren a este Juzgado. ARTICULO 4. - Comuníquese al Poder Ejecutivo. AVELLANEDA - CORTINEZ