Nación · Ley N° 23856

Ley 23856 - SUBSIDIOS A ASIGNACIONES FAMILIARES QUE PERCIBIRAN LOS BENEFICIARIOS DEL CITADO SISTEMA MENORES DE EDAD CUANDO CURSEN ESTUDIOS SECUNDARIOS O UNIVERSITARIOS Y LOS MENORES HASTA LOS 15 ANOS AUNQUE NO ESTUDIEN. PROMULGADA POR DEC. 2204 DEL 19-10-90.

Estado no verificadoSanción: 27/09/1990Publicación B.O.: 29/10/1990Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 23856 del 27/09/90 SISTEMA NACIONAL DE PREVISION SOCIAL Ley Nº 23.856 Subsidios y asignaciones familiares que percibirán los beneficiarios del citado Sistema menores de edad, cuando cursen estudios secundarios o universitarios y los menores hasta los 15 años aunque no estudien. Sancionada: Setiembre 27 de 1990. Promulgada: Octubre 19 de 1990. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º- Los beneficiarios del Sistema Nacional de Previsión menores de edad, cuando cursen estudios secundarios o universitarios y los menores hasta los 15 años aunque no estudien, percibirán los subsidios y asignaciones familiares en las mismas condiciones y modalidades a los que hubieren tenido derecho sus padres. Este beneficio no se concederá cuando el menor hubiere generado derecho a su cobro en otra persona. ARTICULO 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-ALBERTO R. PIERRI.-EDUARDO MENEM.- Juan Estrada.- Hugo R. Flombaum. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA. Decreto 2204/90 Bs. As., 19/10/90 POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación Nº 23.856, cúmplase, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-DUHALDE.-Alberto J. Triaca.