Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 447

NOTA: SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTÍCULO 1 DEL DECRETO 447-18 DESESTIMA RECURSO CONTRA LA RESOLUCIÓN 197-MJYSGC-18 DE LA CUAL NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU

Estado no verificadoPublicación B.O.: 27/12/2018Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobado por el Decreto de Necesidad y Urgencia 1.510/1997 (texto consolidado por la Ley N° 6.017), la Ley N° 5.688, las Resoluciones Nros. 197/MJYSGC/18 y 701/MJYSGC/18, el Expediente Electrónico N° 6579687-MGEYA-DPYC/18 e incorporados, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración que fuera oportunamente interpuesto por el entonces Oficial Mayor Luis Alberto Brengi, DNI N° 21.731.967 - LP 21.132 contra la Resolución N° 197/MJYSGC/18, por la que se aceptó su baja voluntaria, conforme las previsiones de los artículos 207, inciso 1), y 208de la Ley N° 5.688; Que por Resolución N° 701/MJYSGC/18 el titular del Ministerio de Justicia y Seguridad desestimó el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Brengi, en los términos del artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que con fecha 7 de septiembre de 2018 se notificó al recurrente la resolución previamente mencionada; Que el recurrente efectuó una presentación, ampliando los fundamentos de su recurso, en virtud de lo previsto en artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos; Que los fundamentos aportados en su nueva presentación no logran conmover los fundamentos expresados en la Resolución recurrida, toda vez que aquella se limita a repetir lo sostenido en su descargo original; Que, así las cosas se concluye que la baja voluntaria aceptada se ajusta a las pautas establecidas en la Ley N° 5.688; Que en razón de lo expuesto, corresponde desestimar el recurso jerárquico interpuesto por Luis Alberto Brengi en carácter subsidiario del de reconsideración, contra la Resolución N°197/MJYSGC/18; Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la debida intervención de su competencia; Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de Gobierno, señor Diego Cesar Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico interpuesto en carácter subsidiario del de reconsideración por el señor Luis Alberto Brengi, DNI N° 21.731.967, contra la Resolución N° 197-MJYSGC/18. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno (Decreto N°391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual dentro del plazo de diez (10) diez días hábiles podrá interponerse recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto consolidado por Ley 6.017), y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel