Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 437
DESIGNA FUNCIONARIOS - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA - SECRETARIO - JORGE HORACIO KOGAN - SECRETARÍA DE TRANSPORTE - SUBSECRETARIO - DARIO FABIAN ANTIÑOLO - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO - DIRECTOR GENERAL - FERNANDO JORGE CODINO - DIRECCIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL
VISTO: La Ley N° 6.684, el Decreto N° 387/23, el Expediente Electrónico N.° 46573265/GCABA/SECT/23, y CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 6.684, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo a al Ministerio de Infraestructura; Que, por Decreto N° 387/23, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Secretaría de Transporte, a la Subsecretaría de Tránsito, y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, todas dependientes del citado Ministerio; Que, en consecuencia, el señor Ministro de Infraestructura propicia la designación de las personas que se detallan en el Anexo I IF-2023-46611854-GCABA-MIGC que, a todos sus efectos, forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que se detallan en el mismo; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desígnar, a las personas que se detallan en el Anexo I IF-2023-46611854- GCABA-MIGC, el que a todos los efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que se detallan en el mismo. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Infraestructura, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6.357 (texto consolidado según Ley N° 6.588), comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Oficina de Integridad Pública, y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Infraestructura. Cumplido, archívese. MACRI Bereciartua - Grindetti