Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6623

Ley 6623/1961 - ACORDANDO SUBSIDIO A LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL ALVARADO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 23/11/1961
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Pa o ia . i | LEY N® 6.623 | Acordando subsidio a la Municipalidad de General Alvarado Departamento de Salud Pública. : El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, ‘ sancionan con fuerza de LEY Art. 19 Acuérdase a la Municipalidad de General Alvarado un e subsidio de seiscientos mil pesos moneda nacional ($ 600.000 4), con destino a la terminación de obras edilicias realizadas en el hospital municipal de la ciudad de Miramar, Art. 22 La Municipalidad de General Alvarado deberá rendir cuenta documentada de la inversión de los fondos que se le acuer- i dan por la presente ley, ante la Contaduria General de la Provincia. Art. 39 La suma aludida en el artículo 1°, se imputará al Anexo H . XII, Subsidios, Subvenciones y Becas, Item 5, Acción Social Directa, Principal 1, Parcial 6 “Hospitales y Servicios Médico-Asistenciales” vf | ES ina . o , a ; E o A A A 1 | ; : — 156. — del Presupuesto de Funcionamiento 1960-61, de acuerdo a lo dispues- to por el artículo 57 de la Ley 6.461. Art. 49 Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a veintiséis días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y UNO. : PEDRO ALBERTO ORTEGA, ARTURO A, CROSETTI. Juan Carlos Monti, Juan José M. Raimondi, i Secretario de la G. de DD. : Secretario del Senado. : La Plata, 13 de noviembre de 1961, Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín H Oficial” y archivese. ALENDE. Osvarbo H. MAMMONL£ : Decreto N* 12.387. Registrada bajo el número seis mil seiscientos veintitrés (6.623). \ Ferre Diaz O "KILL. if ! | i i 4 ñ 4 poor \ | ‘ . 2 | | ] o Pao | | | . 1: : . | 4 ¡| : | i | i \ ; ES Ñ l 1 1 el pod : i E ae | \ We tn? | | We i i de, pol Pussy od Fey : : t i if : id . : E a e ‘ . + CF . a . pe z