Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5052
Ley 5052/1946 - FACULTASE AL PODER EJECUTIVO A CONVENIR LA RESCISION DEL CONTRATO ENTRE EL GOBIERNO Y LOS ACCIONISTAS DEL BANCO DE LA PROVINCIA.
KK A AAA 2 LEY No. 5052 . - 7 Facúltase-al Poder Ejecutivo. a conve- A ; nir la réscisión del contrato entre. el : Gobierno y los accionistas del Banco o _deja-Provincia., . El Senado..y Cámara de Diputados de o la, provincia. de Buenos Altres, san- . cionam com. fuerza de — 0 Art. 1? Fagúltase al Poder, Ejecutivo. ‘para.’ convenir: la- rescisión del contrato . -* .9-disponer. la disolución. de la sociedad : : «existente: entre el. Gobierno y-los' accio~ . nistas del ¡Banco de la: Provincia de , Buenos: Aires. 000: : oa ty vv Art, 22: La rescisión se hará sobre la base de lo dispuesto; en- el artículo 5* . . .del «convenio . de fecha 5 de diciembre . -de; 1905, vigente-.en virtud del .articulo : ci st : 6 : . . So. . moe a 1° de la Ley de prórroga número 4793, © ws “de las disposiciones del Código de Co- mercio, en. cuanto sean de aplicación o en el artículo siguiente. - . Art. 8° A los efectos del artículo an- oa terior el Poder Ejecutivo designará una . comisión de valuación del patrimonio del Banco de la Provincia de Buenos Aires, integrada por un doctor en Ciencias : Económicas, un Abogado y un Ingeniero : Civil, en representación del Ministerio de Hacienda de la Provincia y tres re- . presentantes de los accionistas élegidos . ‘por el capital privádo. Esta Comisión de Valuación, que .estará presidida por el: UN Ministro de Hacienda, deberá constituir- : _ se dentro de siete días de designada y ott fijará las bases y procedimientos para . . establecer e. valor real actual del pa- trimonio del Banco, : cuidando de no adoptar métodos susceptibles de trabar el normal desenvolvimiento de las ope-. NN raciones bancarias. Las conclusiones a : que arribe y los valores parciales y total de tasación serán sometidos, para su . aprobación, a la Honorable Legislatura : y oportunamente a una Asamblea Ex- : : traordinaria de accionistas del Banco , de la Provincia de Buenos Aires. La o Comisión. tiene un plazo de treinta días . + 'para- expedirse, que se contarán- desde : la fecha de su constitución. - : : “Art, 4° Todas las decisiones y reso- luciones de la Comisión se adoptarán por y == M— : Al . . . s . e ! mayoría absoluta de votos, El Presidente . . “sólo votará en caso dé empate, '* . ~ Art, 5* En caso de que el Poder Eje- - - '- cutivo conceptúe conveniente entrar en - : la posesión total inmediata del Banco de «la Provincia de Buenos Aires podrá ha- . cerlo -comprometiéndose' a liquidar - de : inmediato su capital a- los accionistas : sobre la base dela entrega del valor de + cotización término medio durante el mes . de mayo de 1946, o sea doscientos trein- . po , ta pesos moneda nacional (230) por é¢ada.. “ay acción de cien pesos nominales (100). 4 e El saldo resultante será abonado una ’ vez.terminadas las: tareas de la Comi- wo «sión de Valuación y aprobadas las. cifras 1 que resulten: por la Honorable Legisla- an one tura: y la asamblea de accionistas. En . este caso] Banco será administrado por un Presidente y seis directores de- ssignados por- el Poder Ejecutivo hasta . ¿tanto :se sancione la nueva carta orgá- EN : nica. vie oo a Ñ 4 Art. .6° La provincia de Buenos. Aires . se constituye” en garante de todos los depósitos y obligaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, a partir . de! momento: en-que se haga cargo del . capital de propiedad: de los accionistas. "Art. 7* Log honorarios, gastos, inte- Lote " 'Yesés y deimiás cargas que se produzcan , cón motivo der ocasión de las operá- ciones de “valuación previstas en el ar- . . ticulo 8°: serán: a cargo del Gobierno de : : 8 o A . 8. — as . la, Provincia, siempre -quesla asamblea . : de accionistas renuncie a, cualquier ac-; | . ..ción que: por lucro «cesante pudieran in- tentar los accionistas, o o : Art, 8° Facúltase al Banco de la Pro- . : - vincia de Buenos a convenir con -el Banco Central de la República Argentina las operaciones de crédito qué conteptúe . convenientes para financiar las eroga- ; clones emergentes del cumplimiento de . -la. presente ley, conforme a un plan de : amortización a satisfacerse. con sus in- gresos propios. * “y . : : » Art, 9%. La Caja de Jubilaciones, Sub- . - sidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos. Aires, creada : por. Leyes números 8837 :y 4804, con- Ñ , : tinuará rigiéndose por.dichas normas :e- : ‘gales hasta.tanto la: Honorable Legisla- . . tura. no resuelva incluir sus. beneficios -.envun régimen jubilatorio general, que- toe . dando sus fondos totalmente -excluídos . . de 12s operaciones de valuación por tra- tarse. ..de- un organismo con: personería y patrimonio propios.-En. caso de san-=. c:onarse. el régimen. jubilatorio integral . o de la- Provincia, se reconocerá a .08 o actuales empleados..del- Banco. los. bene- ficios, de que. gozan: actualmente, El : personal. actual.del,.Banco. de la Pro“ : vincia de Buenos Aires, en todas sus . Ñ categorías, tienen derecho a. la estabili- dad.. En cuanto.al sueldo: mínimo. y es- <alafón. de sueldos autorízase al. Poder . . —tm—'* . : Ejecutivo para. convenir con: la Asocia- ción. Bancaria un régimen protector de a . las condiciones del trabajo. . Art. 10. El Poder Ejecutivo elevará ala Honorable Legislatura, dentro de los : . treinta días: de realizado el convenio de .' : rescisión del contrato o de disuelta la o sociedad con los accionistas, un pro- yecto de carta orgánica, sobre la base o. de la actual. Hasta gl momento.en que * : el mismo sea sancionado regirán las dis- . posiciones de la actual carta “orgánica, “' : en cuanto nO se opongan a la presente ley. : Art. 11. Comuníquese al Poder Ejecu- tivo. : + Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Le- . gislatura de la provincia de Buenos Aires, en la : ciudad de La Plata, a nueve días del mes de octubre a de mil novecientos cuarenta y seis, ROBERTO E. CURSAOK. JUAN B. MACHADO. Hernani Morgante, Alfredo Panelli, : . Secretarig de la C.deDD: Secretario del Senado. o - La.Plata, 21 de éctubre de 1946. | . Cúmplase, comuníquese, - publíquese, 7 dése al Registro: y «Boletín Oficial» y “archívese. . . . : . MERCANTE, : . . oo MIGUEL Liépsz FRANCÉS. . o — 80 — - ANTECEDENTES LEGISLAMVOS Ml ' "HONORABLE OAMARA DE DIPUTADOS: —. Mensaje y proyecto del P, E. Entrada y destino a las comisiones Segunda de Hacienda y. de Negocios * Constitucionales, Justicia y do Presupuesto e Im. . puestos. Tomo I, Diputados, 1946, págs. 686, 688. (Julio 3). : . Despacho de Comisión y aprobación en general y particular. Tomo II, Diputados, 1946, págs. 1315, Ñ 1323, (Agosto 14). * Ñ ‘HONORABLE CAMARA DE SENADORES: — Entrada en revisión y destino a las comisiones de . ' Negocios Constitucionales yy de Presupuesto y Ha- cienda, Tomo Senado, 1946, págs. 650, 651. (Agos- to 21). : : Despacho de Comisión y aprobación en general y particular. Tomo Senado, 1946, págs. 1340, 1341, . . . (Octubre 9).