Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 376

NOTA: SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTICULO 1 DEL DECRETO 376/20 SANCIONA CON CESANTÍA A FRANCISCO JOSE GÓMEZ, CUYO SUMARIO ADMINISTRATIVO FUE ORDENADO POR RESOLUCIÓN N° 1251-MEGC/16, DE LA CUAL NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU

Estado no verificadoOrganismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.017), la Resolución N° 1251-MEGC/16, el Expediente Electrónico N° 9.829.275- MGEYA-DGCLEI/16, y CONSIDERANDO: Que por la presente actuación tramitó el Sumario Administrativo N° 1.058/16, ordenado por Resolución N° 1251-MEGC/16, a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder en relación a las conductas disvaliosas y el presunto mal desempeño laboral por parte del agente Francisco José Gómez (DNI N° 7.866.308 FC 436.527), en la Escuela de Comercio N° 34 "Monseñor Miguel De Andrea" del Distrito Escolar 3°; Que, abierta la etapa de instrucción, en mérito de los antecedentes y de las pruebas recabadas, se decretó el llamado a indagatoria del docente Francisco José Gómez (DNI N° 7.866.308 FC 436.527); Que habida cuenta de las constancias obrantes, se le formularon los respectivos cargos administrativos; Que la Junta de Disciplina, tomó la intervención de su competencia, y acordó con los reproches formulados; Que el señor Francisco José Gómez (DNI N° 7.866.308), fue debidamente notificado de las vistas para ofrecer descargo y prueba, así como también la concedida para alegar, presentando los escritos correspondientes en tiempo y forma; Que, consecuentemente, no restando medidas de prueba pendientes de producción, se dispuso la clausura de la instrucción; Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad, en su Dictamen identificado como N° 15016789-GCABA-DGSUM/2020, de fecha 9 de junio de 2020, aconsejó sancionar con cesantía al agente Francisco José Gómez (DNI N° 7.866.308 F.C. 436.527), por haber sido hallado responsable de los cargos formulados en autos y, con ello, haber infringido los deberes impuestos en el artículo 6°, incisos c) y d), de la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.017), quedando aprehendida su conducta en las previsiones del artículo N° 36, inciso f) del citado ordenamiento; Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención, mediante Dictamen de Firma Conjunta identificado como N° 17139282-GCABA-DGCDO/2020, coincidiendo con la sanción expresada por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad; Que, conforme surge de los actuados, el docente no se encuentra amparado con mandato gremial consagrado por la Ley Nacional N° 23.551; Que, atento a ello, corresponde se dicte el correspondiente acto administrativo aplicando la sanción de cesantía; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos Nros. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Sanciónase con cesantía al agente Francisco José Gómez (DNI N° 7.866.308 F.C. 436.527), por haber sido hallado responsable del cargo formulado en autos y, con ello haber infringido los deberes impuestos en el artículo 6°, incisos c) y d), de la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.017), quedando aprehendida su conducta en las previsiones del artículo N° 36, inciso f) del citado ordenamiento. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la Señora Ministra de Educación y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio de Educación, y a la Procuración General de la Ciudad. Notifíquese al señor Francisco José Gómez (DNI N° 7.866.308), en los términos del artículo 63 del Decreto N° 1.510/97 (texto consolidado según Ley N° 6.017), haciéndole saber que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá articular dentro del plazo de diez (10) días hábiles, el recurso de reconsideración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ordenanza N° 40.593 o el recurso previsto en el artículo 464 del Código Contencioso Administrativo y Tributario (Ley N° 189). Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel