Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 7414
Decreto-ley 7414/1963 - (DEC-LEY 7414/63)EXPROPIACION DE TERRENO EN FLORENCIO VARELA, PARA LA ESCUELA 16.
| LEGISLATURA DE BUENOS AIRES DECRETO LEY 7.414 Expropiación de terreno en Florencio Varela, para la Escuela 16 Departamento de Educación. La Plata, 16 de julio de 1963. Visto el expediente N° 2.608 - 16.247/60, del Ministerio de Edu- cación y su agregado número 2.100 - 12.042/63, del Ministerio de Gobierno, por los cuales se gestiona la expropiación de una frac- ción de terreno compuesta de tres lotes, ubicada -en el. partido de Florencio Varela, afectada para la ampliación del solar en que se construirá el edificio fiscal por el sistema de consorcios, destinado a la Escuela número 16 de ese distrito, y Considerando: Que la construcción del edificio de la citada escuela se halla prevista por el sistema de consorcios, faltando solamente la pose- sión del terreno para la iniciación de la referida obra; Que habiéndose cumplimentado los requisitos legales exigidos por el artículo 42 de la Ley número 5.708, General de Expropia- ciones, corresponde declarar la utilidad pública del inmueble men- cionado. Por ello, atento a lo informado por la Contaduría General de la Provincia, lo dictaminado por el señor Asesor General de Go-- bierno, vista del señor Fiscal de Estado y de conformidad con la autorización conferida por Decreto del Superior Gobierno de la Nación número 2.620, dictado con fecha 5 de abril último, el Co- misionado Federal en la provincia de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo . DECRETA CON FUERZA DE LEY Art. 19 Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación con carácter de urgente, con todo lo asentado y plantado en ellos para ser destinados a la ampliación del solar en que se construirá el edificio de la Escuela número 16 del partido de Florencio Va- rela, los lotes 17, 18 y 19, Manzana 141, Sección A, Circunscripción I, de Florencio Varela; inscriptos en el Registro de la Propiedad bajo el folio 280 del año 1949, a nombre de Arón Marcos Lavintman, Pablo Derchhinsky, Simón Tapia, Faud Abadi, Zelig Dunkelman, Najme Nujen Dunkelman, o quien o quienes resulten sus legítimos propietarios, Guía de Contribuyentes números: 25.184, 25.185 y 25.186, respectivamente, con una superficie de doscientos veintisiete me- tros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (227,50 m2) pa- ra el primero; doscientos veintitrés metros cuadrados (223 m2) para el segundo, y trescientos metros cuadrados (300 m2), para el tercero. Art. 2° El gasto que demande el cumplimiento del presente de- creto-ley será atendido con la siguiente imputación: Presupuesto de Capital 1963, Decreto número 101/63, Anexo VII, Grupo 19, a), Item 6, Título A, crédito anual de $ 217.000.000 moneda nacional $ 147.901,12 moneda nacional. —=1-— Art. 3° El presente decreto-ley será refrendado por todos los ministros en Acuerdo General. . EE Art. 49 Infórmese oportunamente a la Honorable Legislatura. Art. 5° Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial”, notifíquese al señor Fiscal de Estado, tome conocimiento la Contaduría General de la Provincia y pase al Ministerio de Edu- cación, a sus efectos. . IMAZ. CARLOS A. FLORIA, JORGE LASCANO, Néstor SUÁREZ, HORACIO C. RIVARA. | ANÍBAL J. SEÑORANS, CARLOS A. L. BOUREL, José R. BRUSA. “Boletín Oficial” 19/8/1963. : Decreto-Ley nacional 2.620. : | | 2 1] Pe j 36% pa |