Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 70
AUTORIZA - INSTRUMENTAR DECLARATORIA DE DOMINIO - INSCRIBIR A FAVOR DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PREDIO AVENIDA UDAONDO SIN NÚMERO - CALLE EXISTENTE SIN NOMBRE OFICIAL SIN NÚMERO - AVENIDA LUGONES SIN NÚMERO - ESCRITURA PÚBLICA - REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL - DIRECCIÓN GENERAL ESCRIBANÍA GENERAL - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N° 17.801 y sus modificatorias, el Decreto N° 34/16, la Resolución N° 471/MJGGC/17 y el Expediente Electrónico N° 16350660-DGABC/17, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la solicitud de primera inscripción registral del predio ubicado en la Avenida Guillermo Udaondo Sin Número, Calle Existente sin nombre oficial sin número y Avenida Leopoldo Lugones sin número, identificado catastralmente bajo la Circunscripción: 16; Sección: 27; Manzana: 146 (parte) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica en el ámbito de sus competencias informó que el citado predio pertenece al dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que carece de título formal; Que conforme el plano de mensura de primera inscripción 49-C-17 confeccionado por la Dirección General Registro de Obras y Catastro dependiente de la Subsecretaría de Registros, Interpretación y Catastro del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, el predio referido se encuentra designado catastralmente como: Circunscripción 16,
Sección 27, Manzana 146 (parte) dando origen al polígono A-B-C-D-E-F-G-H-I-J-K-L-
M-N-O-P-A; Que la Dirección General Administración de Bienes y Concesiones del Ministerio de Modernización Innovación y Tecnología, conforme sus competencias, establece que resulta necesario protocolizar el plano de mensura 49-C-2017, a fin de lograr la inscripción del predio bajo la titularidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en concordancia con lo dispuesto por los artículos 236 y 1893 del Código Civil y Comercial de la Nación; Que en tal inteligencia, resulta necesario autorizar a la Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica a regularizar la situación dominial del referido predio, inscribiéndola a nombre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal de conformidad a lo establecido en el artículo 3 inciso a) de la Ley Nacional N° 17.801; Que la Dirección General Registro de Obras y Catastro dependiente de la Subsecretaría Registros, Interpretación y Catastro del Ministerio Desarrollo Urbano y Transporte se ha expedido en orden a sus competencias específicas; Que, por el artículo 1° del Decreto N° 34/16 se estableció que, en caso de ausencia o vacancia del Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología, el reemplazante es el Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte; Que, por Resolución N° 471/MJGGC/17 se encomendó al suscripto la atención de los asuntos y firma del despacho del Sr. Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología desde el día 9 de diciembre de 2017, hasta la designación del funcionario a cargo de esa cartera Ministerial; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado debida intervención conforme Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley 5.666). Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Autorízase a la Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica a instrumentar la declaratoria de dominio y a inscribir a favor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el predio ubicado en la Avenida Guillermo Udaondo Sin Número, Calle Existente sin Nombre Oficial Sin Número y Avenida Leopoldo Lugones Sin Número, que conforme el plano de mensura 49-C-17, aprobado por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, se identifica catastralmente como Circunscripción: 16; Sección: 27; Manzana 146 (parte), mediante escritura pública y/o documento administrativo e inscribirlo en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal (artículo 3° inciso a, Ley Nacional N° 17.801). Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología (Resolución N° 471/MJGGC/17) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Registro de Obras y Catastro del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, a la Dirección General Administración de Bienes y Concesiones y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, ambas del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA Moccia p/p - Migue l