Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 986
Decreto-ley 986/1958 - (DECRETO-LEY 986/58) AMPLIA LOS TERMINOS DEL ART.3 DEL DEC-LEY 21067/57, EJERCICIO DE LA KINESIOLOGIA. (INCLUYE FISIOTERAPIA)
Reformas y relaciones normativas
1Decreto-ley 986/1958 DECRETO-LEY 986 Ejercicio de la kinesiología. Ampliación del decreto ley 21.067/57. ARTÍCULO 1.- Amplíanse los términos del artículo 3º, del decreto-ley 21.067, de fecha 13 de noviembre de 1957, incluyéndose en el ejercicio de la Kinesiología a la Fisioterapia, en los tratamientos taxativamente enumerados a continuación, la que será practicada por los kinesiólogos con título universitario, por indicación y bajo control médico. La Fisioterapia incluye la hidroterapia, termoterapia, fototerapia, rayos infrarrojos, ondas cortas y diatermia, iontoforésis, uso de corrientes galvánicas, farádicas, ondas sonoras e infrasónicas. ARTÍCULO 2.- Dése cuenta oportunamente a la Honorable Legislatura. ARTÍCULO 3.- El presente decreto-ley será refrendado por todos los ministros secretarios, en acuerdo general. ARTÍCULO 4.- Comuníquese, etc.