Nación · Ley N° 21073
Ley 21073 - MODIFICACION PARCIAL DE LOS DECRETOS LEYES 18037/68 Y 18038/68 CON RESPECTO A BENEFICIARIOS MAYORES DE 80 AÑOS.
Infoleg PREVISION SOCIAL Modificación parcial de los decretos leyes 18.037/68 y 18.038/68 con respecto a beneficiarios mayores de 80 años. LEY Nº 21.073 Sancionada: Septiembre 23 de 1975. Promulgada de hecho: Octubre 10 de 1975. Por cuanto: EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: Artículo 1º – Agrégase como último párrafo del artículo 54 del Decreto Ley 18.037/68 (texto ordenado en 1974), el siguiente: Los beneficiarios mayores de 80 años de edad percibirán la totalidad de los beneficios que le puedan corresponder por aplicación de lo dispuesto en el artículo 52 y de los aumentos generales que se concedan, sin sujeción a las limitaciones previstas en el párrafo anterior. ARTICULO 2º – Agrégase como último párrafo del artículo 39 del Decreto Ley 18.038/68 (texto ordenado en 1974), el siguiente: Los beneficiarios mayores de 80 años de edad percibirán la totalidad de los beneficios que le puedan corresponder por aplicación de lo dispuesto en el artículo 38 y de los aumentos generales que se concedan, sin sujeción a las limitaciones previstas en el párrafo anterior. ARTICULO 3º – Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a los veintitrés días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y cinco. A. GARCIA N. S. TORANZO D. Caressi L. Lavia – Registrada bajo el Nº 21.073 – Aprobada por el Poder Ejecutivo de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 70 de la Constitución Nacional.