Nación · Ley N° 15968

Ley 15968 - DECLARASE ZONA MILITAR UNA FRACCION DE PLAYA CORRESPONDIENTE AL DESTACAMENTO NAVAL GOLFO NUEVO.

Estado no verificadoSanción: 26/10/1961Publicación B.O.: 24/01/1962Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina FUERZAS ARMADAS LEY N° 15.968 Declárase Zona Militar una fracción de playas correspondiente al Destacamento Naval Golfo Nuevo. Sancionada: 26 de octubre de 1961. Promulgada: 13 de diciembre de 1961. POR CUANTO: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY: ARTICULO 1°.- Declárase zona militar la playa de mar comprendida entre las líneas de pleamar y bajamar, correspondiente al Destacamento Naval Golfo Nuevo, determinada por los puntos I, II, III y IV, en el plano que forma parte integrante de la presente ley. ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintiséis días del mes de octubre del año mil novecientos sesenta y uno. C.A. GARCIA F.F. MONJARDIN Alejandro N. Barraza Eduardo T. Olier Registrada bajo el N° 15.968 -