Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11060
Ley 11060/1991 - (DEROGADA POR LEY 12585) DESTíNASE UN INMUEBLE UBICADO EN LA CIUDAD DE MAR DEL PLATA PARA SER AFECTADO EXCLUSIVAMENTE COMO ESPACIO VERDE. (GOLF CLUB)
Ley 11060 DEROGADA POR LEY 12585 LEY 11060 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Destínase el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción VI, Sección D, Chacra 346, de la ciudad de Mar del Plata a ser exclusivamente un espacio verde, sin que pueda alterarse su actual estructura y conformación paisajista. ARTICULO 2.- Una vez finalizado el permiso precario otorgado al Mar del Plata Golf Club, el mencionado predio será entregado en comodato, por un plazo de veinte (20) años, a la Municipalidad de General Pueyrredón, debiendo la citada Comuna respetar el destino asignado a ese inmueble por la presente ley. ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.