Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11060

Ley 11060/1991 - (DEROGADA POR LEY 12585) DESTíNASE UN INMUEBLE UBICADO EN LA CIUDAD DE MAR DEL PLATA PARA SER AFECTADO EXCLUSIVAMENTE COMO ESPACIO VERDE. (GOLF CLUB)

Derogada verificadaPublicación B.O.: 20/05/1991
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 11060 DEROGADA POR LEY 12585 LEY 11060 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Destínase el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción VI, Sección D, Chacra 346, de la ciudad de Mar del Plata a ser exclusivamente un espacio verde, sin que pueda alterarse su actual estructura y conformación paisajista. ARTICULO 2.- Una vez finalizado el permiso precario otorgado al Mar del Plata Golf Club, el mencionado predio será entregado en comodato, por un plazo de veinte (20) años, a la Municipalidad de General Pueyrredón, debiendo la citada Comuna respetar el destino asignado a ese inmueble por la presente ley. ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.