Nación · Ley N° 21512

Ley 21512 - MODIFICASE EL ARTICULO 39 Y LOS ANEXOS 14 Y 17 DE LA LEY ORGANICA DE LA POLICIA FEDERAL.

Estado no verificadoSanción: 24/01/1977Publicación B.O.: 11/09/2006Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 21 Ley 21.512 Bs. As., 24/1/1977 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1º — Modifícase el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Policía Federal, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 39.- El personal subalterno masculino y femenino "podrá alcanzar el grado máximo de Suboficial Mayor". ARTICULO 2º — Modifícanse los Anexos 14 y 17 de la Ley Orgánica de la Policía Federal, cuyos textos quedarán redactados en la forma que consta en los Anexos II y III de la presente. ARTICULO 3º — Comuníquese y archívese. Firmas

ANEXO II

Anexo 14

CATEGORIA CLASIFICACION GRADO MASCULINO FEMENINO CUERPO DE CADETES SUBOFICIALES CADETES CADETES

ANEXO III

Anexo 17

TIEMPOS MINIMOS PARA CADA GRUPO PERSONAL SUPERIOR AÑOS MASC . FEM Comisario General 1 Comisario Mayor 1 Comisario Inspector 2 Comisario 3 Subcomisario 3 Principal 4 Inspector 3 4 Subinspector 3 4 Ayudante 3 4 PERSONAL SUBALTERNO AÑOS MASC. FEM. Suboficial Mayor 1 1 Suboficial Auxiliar 2 2 Suboficial Escribiente 2 2 Sargento 1º 3 3 Sargento 3 3 Cabo 1 º 3 3 Cabo 3 4 Agente 4 5 Excepto para el grado de Ayudante, el personal del Escalafón de Músicos, deberá permanecer un año más que los especificados precedentemente.