Nación · Ley N° 24442

Ley 24442 - FACULTASE AL PODER EJECUTIVO NACIONAL A COMPROMETER CREDITOS DE EJERCICIOS FUTUROS DEL PRESUPUESTO GRAL. DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, A LOS EFECTOS DE CONCLUIR LAS OBRAS DEL EX-FONDO DE DESARROLLO REGIONAL. CAC

Estado no verificadoSanción: 23/12/1994Publicación B.O.: 20/01/1995Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 24442 del 23/12/94 ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL Y DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL Ley 24.442 Facultase al P.E.N. a comprometer créditos de ejercios futuros del Presupuesto General de la Administración Nacional, a los efectos de concluir las obras del ex Fondo de Desarrollo Regional. Sancionada: Diciembre 23 de 1994. Promulgada: Enero 17 de 1995. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º - Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional, de acuerdo con lo determinado por el artículo 15 de la Ley 24.156, a comprometer créditos de ejercicios futuros del Presupuesto General de la Administración Nacional, correspondientes a los ejercicios 1996 y 1997 y por la suma de noventa millones de pesos ($ 90.000 000) en cada uno de ellos, a los efectos de concluir las obras del ex Fondo de Desarrollo Regional, que se detallan en la planilla anexa al presente artículo. ARTICULO 2º - El Poder Ejecutivo Nacional, deberá prever en los citados ejercicios los créditos a comprometer dentro de los totales autorizados en el artículo anterior, en los programas presupuestarios a cargo de la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos en concordancia con lo dispuesto en el Capítulo VIII, artículos 30, 21, 32 y 33 del Decreto 1545 de fecha 31 de agosto de 1994. ARTICULO 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. ALBERTO R. PIERRI - ORALDO BRITOS - Esther H Pereyra Arandía de Pérez Pardo - Edgardo Piuzzi. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO

ANEXO

OBRA LOCALIZACION APROVECHAMIENTO INTEGRAL DE LOS RIOS PERICO Y GRANDE -II ETAPA- III OBRAS COMPLEMENTARIAS, EQUIPAMIENTO HIDROELECTRO MECANICO, CENTRAL ELECTRICA DE LAS MADERAS JUJUY RUTA NACIONAL NRO. 19 - TRAMO WANDA DESEADO SECCION SEGUNDA (ARROYO URUGUAI DESEADO MISIONES NUEVO HOSPITAL SAN JUAN BAUTISTA - CAPITAL - CATAMARCA CATAMARCA PRESA EMBALSE Y CENTRAL ELECTRICA - CASA DE PIEDRA BUENOS AIRES LA PAMPA RIO NEGRO AMPLIACION DE LA OBRA PROVISION DE AGUA POTABLE Y DESAGUES CLOACALES DE GOBERNADOR VIRASORO CORRIENTES RESERVORIO SUR -CISTERNA TORRE TANQUE- AMPLIACION PLANTA POTABILIZADORA CHACO REPRESA EN ANILLACO. DEPTO. CASTRO BARROS LA RIOJA RUTA NACIONAL 14 - TRAMO 2 DE MAYO - SAN PEDRO - SECCION ACCESO A EL ALCAZAR MISIONES PRESA EMBALSE EL TUNAL Y OBRAS COMPLEMENTARIAS CENTRAL HIDROELECTRICA SALTA CONSTRUCCION NUEVO HOSPITAL PRESIDENTE PLAZA (PROVINCIA DE LA RIOJA) LA RIOJA APROVECHAMIENTO MULTIPLE RIO TEUCO-LAGUNA FORMOSA Decreto 58/95 Bs. As., 17/1/95 POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación Nº 24.442, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MENEN. - Domingo F. Cavallo.