Nación · Ley N° 23171

Ley 23171 - SUSTITUYE EL TEXTO DEL ARTICULO 89 DEL ESTATUTO DEL DOCENTE, APROBADO POR LEY 14473 Y MODIFICATORIOS.

Estado no verificadoSanción: 27/02/1985Publicación B.O.: 14/03/1985Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina ESTATUTO DEL DOCENTE LEY Nº 23.171 Sustitúyese el texto del artículo 89, aprobado por la Ley Nº 14.473 y sus modificatorias. Sancionada: Febrero 27 de 1985. Promulgada: Marzo 11 de 1985. El Senado y Cámara de Diputado de la Nación Argentina Reunidos en Congreso, etc., Sancionan con Fuerza de LEY: ARTICULO 1º — Sustitúyese el texto del artículo 89 del Estatuto del Docente, aprobado por ley 14.473 y sus modificatorias, por el siguiente: “Para el desempeño de Interinatos y suplencias será necesario acreditar las mismas condiciones establecidas para la designación de titulares. El personal interino y suplente será designado dentro de los tres (3) días hábiles de producida la necesidad de su designación, y cesará automáticamente por presentación de titular” ARTICULO 2º — Déjase establecido que lo dispuesto precedentemente será de aplicación inclusive para los docentes que se hayan desempeñado como interinos o suplentes al 30 de noviembre de 1984. ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintisiete días del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y cinco. JUAN C. PUGLIESE VICTOR H. MARTINEZ. Carlos A. Bejar. Antonio J. Macris. — Registrada bajo el Nº 23.171 —