Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6727
CONDONA DEUDA - IMPUESTO INMOBILIARIO - TASA RETRIBUTIVA - SERVICIOS DE ALUMBRADO BARRIDO Y LIMPIEZA - ABL - MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE SUMIDEROS - FUNDACIÓN SWAMI SHIVAPREMANANDA - EN LIQUIDACIÓN - ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL HOSPITAL DE NIÑOS DR RICARDO GUTIÉRREZ - CALLE GALLO N° 1261/63/73/79 - PARTIDA INMOBILIARIA N° 448341 - CALLE COMBATE DE LOS POZOS N° 541 - PISO 8° - UNIDAD FUNCIONAL N° 84 - PARTIDA INMOBILIARIA N° 1641707
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Se condona la deuda que mantiene la Fundación SWAMI SHIVAPREMANANDA (en liquidación) y la Asociación Cooperadora del Hospital de Niños Dr. Ricardo Gutiérrez con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en concepto del Impuesto Inmobiliario y la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, respecto de los inmuebles detallados a continuación: 1. Calle Gallo N° 1.261/63/73/79 - Partida Inmobiliaria N° 448.341. 2. Calle Combate de los Pozos N° 541, Piso 8°, Unidad Funcional N° 84 - Partida Inmobiliaria N° 1.641.707 Art. 2°.- La existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada. Art. 3°.- Si existiera a la fecha reclamo judicial por la deuda, el beneficiario de la presente norma se hará cargo de las costas y costos por el juicio iniciado. Art. 4°.- Comuníquese, etc. Muzzio - Schillagi Buenos Aires, 18 de julio de 2024 Por medio de la presente, certifico que la Ley 6727, en trámite por expediente electrónico N° 23915440-GCABA-DGCCN-2024, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 13 de junio de 2024, ha quedado automáticamente promulgada el 6 de julio de 2024 en virtud de lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa, comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Kamian