Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11913

Ley 11913/1997 - DONANDO AL CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL BARRIO "LOMA VERDE" UN INMUEBLE FISCAL EN EL PARTIDO DE ALMIRANTE BROWN QUE SERá DONADO AL CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS “LOMA VERDE” PARA INSTALAR SU CASA PROPIA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 28/11/1997
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 11913 LEY 11913 DONANDO AL CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL BARRIO “LOMA VERDE” DEL PARTIDO DE ALMIRANTE BROWN, INMUEBLE FISCAL. EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1°.- Dónase al Centro de Jubilados y Pensionados del Barrio “Loma Verde” del Partido de Almirante Brown, el bien ubicado en el barrio citado, designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Manzana 33e, Parcela 4: inscripto su dominio al Folio 1.343/68, a nombre de la Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 2°.- El inmueble citado en el artículo anterior será donado al Centro de Jubilados y Pensionados “Loma Verde”, entidad de bien público Legajo 1/43693, Resolución Municipal N° 3.500/89 con Personería Jurídica N° 6.954, con cargo a instalar su casa propia. ARTICULO 3°.- Fíjase el término de cinco (5) años para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo anterior. Para el caso de que no se cumpliese con el cargo estipulado, el dominio se retrotraerá a favor del Estado Provincial, sin derecho a indemnización alguna. ARTICULO 4°.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio vigente las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley. ARTICULO 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.