Nación · Ley N° 16583
Ley 16583 - DECLARASE DE ALTO INTERES NACIONAL LA ENSEÑANZA DE LOS PRINCIPIOS DEL COOPERATIVISMO. ESTARA A CARGO DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y JUSTICIA.
InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina EDUCACION LEY N° 16.583 Declárase de alto interés la enseñanza de los principios de cooperativismo. Sancionada: octubre 30 de 1964. Promulgada de hecho: noviembre 24 de 1964 POR CUANTO: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY: ARTICULO 1°- Declárase de alto interés nacional la enseñanza de los principios del cooperativismo. ARTICULO 2°- El Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Educación y Justicia, dictará las normas para la inclusión en los planes y programas de los establecimientos educacionales de su dependencia, de la enseñanza teórico-práctica del cooperativismo. ARTICULO 3°- El Poder Ejecutivo, por los organismos de coordinación correspondientes, interesará a los Gobiernos de provincias para la implantación en los establecimientos educacionales, de sus respectivas jurisdicciones, de la enseñanza del cooperativismo. ARTICULO 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a treinta días del mes de octubre del año mil novecientos sesenta y cuatro. C.H. PERETTE A. MOR ROIG Claudio A. Maffei Eduardo T. Oliver Registrada bajo el N° 16.583- Aprobada por el Poder Ejecutivo Nacional el 24/11/64, de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 70 de la Constitución Nacional.