Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 484
SE APRUEBAN - NORMAS ANUALES DE EJECUCIÓN Y APLICACIÓN - PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - EJERCICIO FISCAL 2021
VISTO: La Ley N° 6.384, el Expediente Electrónico N° 31.028.910-GCABA- DGOGPP/20, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 6.384, promulgada por el Decreto N° 460/20, se aprobó el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2021; Que de conformidad con la facultad conferida por el artículo 39 de la citada ley, corresponde dictar las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2021; Que asimismo, de acuerdo con las disposiciones del artículo 34 de la Ley N° 6.384, el Poder Ejecutivo está autorizado para efectuar delegaciones de sus competencias en materia de reestructuraciones, modificaciones y ampliaciones del presupuesto, a efectos de desconcentrar y agilizar su gestión. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°- Apruébanse las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2021 que, como Anexo (IF-2020-31189614- GCABA-DGOGPP), forman parte integrante del presente. Artículo 2°- El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la Dirección General Asuntos Legislativos, a los Ministerios y Secretarías dependientes del Poder Ejecutivo y a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Dirección General Contaduría, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel