Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6205

Ley 6205/1959 - ACUERDA UNA SUMA DE DINERO A LA MUNICIPALIDAD DE NAVARRO, PARA REFECCIÓN Y AMPLIACIÓN DEL MATADERO MUNICIPAL DE DICHA LOCALIDAD.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 17/12/1959
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6205 LEY 6205 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Acuérdase a la Municipalidad de Navarro la suma de dos millones de pesos moneda nacional ($ 2.000.000 m/n ), para refección y ampliación del matadero municipal de dicha localidad, con reintegro en el plazo y las condiciones que convengan la comuna y el Poder Ejecutivo. ARTÍCULO 2.- La suma determinada en el artículo anterior se tomará de Rentas Generales, con imputación a la misma. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.