Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 75

SE ESTABLECE - MONTO ANUAL - BECAS - ALUMNOS - CARRERA DE ENFERMERÍA - ESCUELA SUPERIOR DE ENFERMERÍA CECILIA GRIERSON - AÑO 2019

Estado no verificadoPublicación B.O.: 19/02/2019Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ordenanza N° 39.954, los Decretos Nros. 1.717/05 y 284/09, el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias, instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/14, el Acta de Negociación Colectiva N° 19/17 y modificatoria, instrumentada por Resolución N° 625/MEFGC/2018, el Expediente Electrónico N° 2018-33202554-MGEYA-DGFCE, y CONSIDERANDO: Que el artículo 2° de la Ordenanza N° 39.954, modifica el punto 4.1 del Anexo IV de la Ordenanza N° 24.942, estableciendo que los alumnos de los cursos de Enfermería y Auxiliar de enfermería percibirán, en concepto de beca por el tiempo total de duración de sus estudios, la retribución correspondiente a la categoría de ingreso de la respectiva función escalafonaria; Que el artículo 1° de Decreto N° 284/09 actualizó, a partir del ejercicio del año 2.008, el monto anual de cada una de las becas destinadas, de acuerdo con lo reglamentado por Decreto N° 1.717/05, a los alumnos de la Carrera de Enfermería de la Escuela Superior de Enfermería Cecilia Grierson, estableciendo su equivalencia con el haber mensual que percibe un enfermero correspondiente a Agrupamiento Técnico Tramo A, Nivel 3, del Escalafón General para el Personal de Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Decreto N° 986/04; Que el Acta de Negociación Colectiva N ° 17/13 y modificatorias, instrumentada por Resolución N° 20/MHGC/14, da por aprobado el texto completo del Nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa; Que en este marco, el Acta de Negociación Colectiva N° 19/17 y modificatoria, instrumentada por Resolución N° 625/MEFGC/18, aprueba las grillas salariales por Agrupamiento del Nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, distinguiendo el agrupamiento, tramo, grado y categoría correspondiente a los fines de instrumentar el mismo a partir del mes de julio de 2018; Que conforme lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que actualice la equivalencia de la beca establecida en el artículo 1° del Decreto N° 284/09, a efectos de adecuarlo a las grillas salariales por Agrupamiento del Nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa; Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que le corresponde. Por ello, de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos Nros. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°. -Establécese, que a partir del 1° de enero de 2019, el monto anual de cada una de las becas destinadas a los alumnos de la Carrera de Enfermería de la Escuela Superior de Enfermería Cecilia Grierson, de acuerdo con lo reglamentado por Decreto N° 1.717/05, será el equivalente al haber mensual que percibe un enfermero correspondiente al Agrupamiento Actividades de Asistencia a la Salud y Apoyo Social, Tramo Inicial, Grado 7, Categoría Técnica del personal de planta permanente del personal incluido en el ámbito de aplicación del Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatoria. Artículo 2°. -El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar cumplimiento al presente Decreto. Artículo 3°. -El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación e Innovación, el señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°. -Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Dirección General Fortalecimiento de la Comunidad Educativa de la Subsecretaría Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa del Ministerio de Educación e Innovación y a la Escuela Superior de Enfermería Cecilia Grierson. Cumplido, archívese. SANTILLI p/p - Acuña - Miguel p/p - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle MODIFICA DECRETO 284 2009 <p>Art. 1 del Decreto 75-19 establece  que a partir del 1° de enero de 2019, el monto anual de cada una de las becas destinadas a los alumnos de la Carrera de Enfermería de la Escuela Superior de Enfermería Cecilia Grierson, de acuerdo con lo reglamentado por Decreto 1.717/05, será el equivalente al haber mensual que percibe un enfermero correspondiente al Agrupamiento Actividades de Asistencia a la Salud y Apoyo Social, Tramo Inicial, Grado 7, Categoría Técnica del personal de planta permanente del personal incluido en el ámbito de aplicación del Acta de Negociación Colectiva  17/13 y modificatoria, actualizado el monto establecido por Decreto 284-09.</p> MODIFICA DECRETO 1717 2005 <p>Artículo 1° del Decreto Nº 75/19Art. 1 del Decreto 75-19 establece  que a partir del 1° de enero de 2019, el monto anual de cada una de las becas destinadas a los alumnos de la Carrera de Enfermería de la Escuela Superior de Enfermería Cecilia Grierson, de acuerdo con lo reglamentado por Decreto 1.717/05, será el equivalente al haber mensual que percibe un enfermero correspondiente al Agrupamiento Actividades de Asistencia a la Salud y Apoyo Social, Tramo Inicial, Grado 7, Categoría Técnica del personal de planta permanente del personal incluido en el ámbito de aplicación del Acta de Negociación Colectiva  17/13 y modificatoria.</p>