Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10607

Ley 10607/1987 - DECLáRASE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIóN UN INMUEBLE DEL PARTIDO DE SAN NICOLáS DE LOS ARROYOS EL QUE SERá DESTINADO A LA CONSTRUCCIóN DE LA ESCUELA DE EDUCACIóN MEDIA Nº 3.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 23/12/1987
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 10607 LEY 10607 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN Y PROMULGAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 232, Parcelas 14-a y 16, plano 98-27-79, del Partido de San Nicolás de los Arroyos. ARTÍCULO 2.- El inmueble afectado a la presente ley será destinado a la construcción de la Escuela de Educación Media Nº 3. ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, será imputado a Rentas Generales. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.