Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 11334

Decreto-ley 11334/1957 - (DEC-LEY 11334/957)DECLARANDO DE UTILIDAD PUBLICA INMUEBLE EN EL PARTIDO DE PERGAMINO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 10/07/1957
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

{ i DECRETO-LEY N° 11.334 Declarando de utilidad pública inmueble en el partido de Pergamino La Plata, 3 de julio de 1957. Visto el expediente 2.600-22.682|956, del Ministerio de Educación,. , por el cual se gestiona la expropiación de un inmueble ubicado en el partido cde Pergamino, afectado para la construcción del edificio fiscal destinado a la Escuela N° 22 de ese distrito, y — Considerando: Que la construcción del edificio de la citada escuela se halla. prevista en el Plan de Trabajos Públicos del corriente año. Que se ha dado intervención previa a la Comisión Técnica Asesora Interministerial, en cumplimiento a lo estatuido por los decretos leyes 6.092 y 7.053|956. . Que habiéndose cumplimentado los requisitos legales exigidos por el artículo 4% de la ley 5.708, General de Expropiaciones, co- rresponde declarar la utilidad pública del inmueble mencionado. Por ello, atento lo informado por la Contaduría de la Provin- cia, lo dictaminado por el señor Asesor General de Gobierno y vista. del señor Fiscal de Estado, el Interventor Federal en la provincia . de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo — DECRETA CON FUERZA DE LEY: : | Art. 19 Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el - inmueble ubicado en la avenida Julio A. Roca N* 1.164 de la locali- dad de Pergamino, partido del mismo nombre, designado por catas- . tro circunscripción I, sección A, manzana 41, parcela 17, con una lo superficie de ochocientos veintidós metros con dos mil ciento ochenta y cuatro centímetros cuadrados (822,2184 me), inscripto en el Regis- Soa tro de la Propiedad bajo el N° 427, año 1918, del partido de Pergamino i hal Ñ y — 937 — Ñ . Ñ a nombre de Adelaida Dieguez de Barbazán, Guía de Contribuyentes \ 4.014, todo de acuerdo. al plano aprobado N°? 82-21-46, con destino i a la construcción del edificio fiscal para la Escuela N° 22 del citado ¡ partido. | . Art. 2% Ofrécese como precio del inmueble y toda indemnización ! la suma de doscientos treinta y siete mil treinta y cuatro pesos mo- i neda nacional ($ 237.034 ™4), que resulta de la tasación adminis- \ trativa practicada por la Dirección de Construcciones del Departa- : mento de Educación a foja 40. a Art. 3° Autorízase a la Contaduría de la Provincia a registrar la suma de doscientos treinta y siete mil treinta y cuatro pesos moneda nacional ($ 237.034 ™), en la cuenta “Plan de Trabajos Públicos 1957, decreto 552/957, Capítulo 19°, Titulo I, Anexo VII, Rubro II”. Art. 40 Establécese que por intermedio del Ministerio de Edu- cación, se realizarán las gestiones pertinentes para cumplimentar . lo dispuesto en el articulo 7° de la Ley General de Expropiaciones 5.708. Art. 59 El presente decreto-ley será refrendado por todos los ministros en Acuerdo General. Art. 6% Dése cuenta oportunamente a la Honorable Legislatura. Art. 729 Comuníquese, publíquese, dese al Registro y “Boletín Oficial”, notifíquese al señor Fiscal de Estado, tomen conocimiento Contaduría de la Provincia y pase al Ministerio de Educación a los, , efectos determinados en el artículo 42 del presente decreto-ley. BONNECARRERE. E. Z. DE DECURGEZ, JUAN R. AGUIRRE LANARI, E. CorTÉs, JAIME E, Ruiz, . RopoLFo A. EYHERABIDE, A. R. REYNAL O’CONNOR. : E i | y { | | ‘|