Nación · Ley N° 27278
Ley 27278 - INSTITUYASE EL DIA 4 DE JULIO DE CADA AÑO COMO EL 'DIA NACIONAL DE LA CONVIVENCIA Y PLURALIDAD DE LAS EXPRESIONES POLITICAS', EN CONMEMORACION DEL MENSAJE HISTORICO DE DESPEDIDA AL EXTINTO PRESIDENTE DE LA NACION GENERAL JUAN DOMINGO PERON PRONUNCIADO POR EL DR. RICARDO BALBIN.
InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina CONMEMORACIONES Ley 27278 “Día Nacional de la Convivencia y Pluralidad de las Expresiones Políticas”. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTÍCULO 1° — Institúyase el día 4 de julio de cada año como el “Día Nacional de la Convivencia y Pluralidad de las Expresiones Políticas”, en conmemoración del mensaje histórico de despedida al extinto Presidente de la Nación General Juan Domingo Perón pronunciado por el Dr. Ricardo Balbín. ARTÍCULO 2° — La presente ley tiene como finalidad promover el tratamiento plural e igualitario, evitando toda discriminación por afiliación, adhesión u orientación política de las personas y propiciando una mayor participación en la política nacional. ARTÍCULO 3° — Incorpórase al calendario de actos y conmemoraciones oficiales de la Nación el día 4 de julio como Día de la Convivencia y Pluralidad Política. ARTÍCULO 4° — De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1°, cada año, el Poder Ejecutivo nacional a través de los organismos que correspondan, implementará acciones necesarias de difusión y concientización que promuevan la confraternidad, convivencia y pluralidad política en todos los ámbitos pertinentes. ARTÍCULO 5° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS. — REGISTRADO BAJO EL N° 27278 — EMILIO MONZÓ. — FEDERICO PINEDO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.