Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 287

ACEPTA - TRANSFERENCIA DE DOMINIO - TÍTULO GRATUITO - INMUEBLES - A FAVOR DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - EFECTUADA POR - INSTITUTO DE VIVIENDA - PROYECTO - RENOVACIÓN URBANA - SECTOR 4 DE LA TRAZA DE LA EXAU3 - CONFORME LEY N° 324 - AV FOREST N° 1045 - CHARLONE N° 1645/49 - CÉSPEDES N° 3616 - CÉSPEDES N° 3612 - GIRIBONE N° 836/838 - HUMBOLDT N° 1235 - DARWIN N° 1251 - AV MEDRANO N° 765 - JERÓNIMO SALGUERO N° 757/59/61 - AV BRASIL N° 3219 - AV RIVADAVIA N° 3262

Estado no verificadoPublicación B.O.: 12/10/2023Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, La Ley Nacional N° 17.801 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 324, 1.218, 1.251, 3.396 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 24618119-GCABA-IVC/23, y CONSIDERANDO: Que, por el expediente electrónico citado en el visto, el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires propicia transferir a título gratuito al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los inmuebles identificados en el Anexo I del presente por no ser necesarios para su gestión, a fin de incorporarlos al Proyecto de la Renovación Urbana del Sector 4 de la Traza de la ExAu3, conforme la Ley N° 324; Que la Ley N° 324 define por "Traza de la ex AU3" al tramo comprendido entre la Av. Gral. Paz (AU4) hasta la Av. 27 de Febrero (AV2), de acuerdo al artículo 1° de la Ordenanza N° 33.439; Que asimismo, dicha norma creó el Programa de Recuperación de la traza de la ex AU3 con los objetivos de reconstruir el tejido urbano y social del área en cuestión, brindar vivienda económica a los beneficiarios, iniciar el proceso de solución habitacional definitiva, garantizar la estabilidad habitacional de los beneficiarios durante el proceso que demande el desarrollo del mismo y atender los problemas sociales de los beneficiarios en forma integrada y coordinada entre los diversos organismos del gobierno; Que, el artículo 27 de la Ley N° 3.396 creó la Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex AU3 actualmente dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, con la función de evaluar alternativas y ejecutar acciones, proyectos y planes, destinados a cumplir los objetivos de la misma y los de la Ley N° 324; Que, el artículo 6° inciso c) de la Ley N° 1251 faculta al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a transferir a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el dominio en forma onerosa o gratuita según corresponda, de aquellos bienes inmuebles que resulten necesarios para el desarrollo de la función pública; Que, mediante Nota N° 24548040-GCABA-UEEXAU3-2023, el titular de la Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex AU3, manifesta la necesidad de disponer la transferencia de dominio a título gratuito en favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los inmuebles detallados en el

Anexo I del presente, a los fines de otorgarles el destino previsto por la Ley N° 324 en

relación al ofrecimiento de soluciones habitacionales para los beneficiarios, y afectarlos de esta manera al proyecto de renovación urbana definitivo del Sector 4 de la traza de la Ex AU3."; Que la transferencia de dominio de los inmuebles referidos, resulta fundamental para el abordaje integral del Sector 4 de la Traza Ex Au3, tanto en materia urbanística, contemplando las particularidades geográficas, demográficas, patrimoniales, históricas, sociales e incluso culturales que hacen a la Traza, como para el otorgamiento de soluciones habitacionales a sus ocupantes; Que, por lo expuesto, resulta necesario aceptar la transferencia de dominio efectuada por el mencionado Instituto mediante Acta de Directorio N° 7866-IVC-2023 y autorizar a la Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, a realizar las acciones necesarias a los fines de instrumentar la transferencia de dominio a título gratuito de los inmuebles identificados en el Anexo I, inscribiéndolos a nombre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3° inciso a) de la Ley Nacional N° 17.801 y sus modificatorias; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención conforme Ley N° 1.218; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Aceptar la transferencia de dominio a título gratuito a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires efectuada por el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los inmuebles identificad os en el Anexo I (IF- 2023-37147385-GCABA -MDHYHGC), que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto, a fin de incorporarlos al Proyecto de la Renovación Urbana del Sector 4 de la Traza de la ExAu3, conforme la Ley N° 324. Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica a instrumentar la transferencia de dominio de los inmuebles mencionados en el artículo 1°, e inscribirla mediante documento administrativo y/o escritura pública, de conformidad con el artículo 3° inciso a) de la Ley Nacional N° 17.801 en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, a nombre del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat, por el señor Ministro de Desarrollo Económico y Producción y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Unidad Ejecutora para la Renovación Urbana de la Traza de la Ex-AU3 y, a la Dirección General Administración de Bienes dependientes de la Subsecretaría Administración de Bienes Inmuebles del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mraida - Giusti - Miguel