Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 6279
Decreto-ley 6279/1957 - (DEC-LEY 6279/957)ENTREGANDO SUMA A LA DIRECCION PROVINCIAL DE HIPODROMOS.
| . i | om | DECRETO-LEY N? 6.279 : | Entregando suma a la Dirección Provincial de Hipódromos ‘it | | La, Plata, 24 de abril’ de 1957. I | Visto el decreto-ley número 4.492, de 27 de marzo de 1957, | i por el cual se entrega a la Dirección Provincial de Hipédromos la ll 1 suma de seis millones de pesos moneda nacional, para que ésta a su ik i) vez la anticipe a la Asociación Civil “Jockey Club de la Provincia | | il de Buenos Aires’, en concepto de adelanto por los bienes que se | 1 | le incorporarán, y— i il Considerando: | | Que la citada suma ha sido embargada por el Fisco Nacional ca (Dirección General Impositiva), por orden del señor Juez Nacio- i | nal N° 3, en los autos que le sigue por cobro de impuestos. Hl Que como asi ha quedado demostrado en el expediente nú- 1 mero 2.305-2.516/57, del Ministerio de Hacienda, Economia y Pre- ] 4 . visión, y número 2.200-17.144/57, del Ministerio de Gobierno, la can- | i tidad que se adelantaba ai Jockey Club, estaba destinada en parte | | UL al pago de sueldos y retroactividad del hoy personal de la Direc- ! | ción Provincial de Hipódromos. A Que coincidente con el criterio sustentado en el orden nacional Ú reconociendo antigiiedad al personal de los Hipódromos de la Lo- | i | teria de Beneficencia Nacional y Casinos, la Dirección Provincial - | | de Hipódromos así lo ha entendido, en sus relaciones con los mismos. El Que la oficialización del Hipódromo de La Plata es un hecho Ñ E en un todo ajeno a la voluntad de su personal, quien no debe ver- E I i . a se perjudicado por tal circunstancia. | ll Que a dicho personal se le adeudaba la retroactividad emer- | [| gente del último convenio laboral y los sueldos correspondientes | ili . a dos reuniones de carreras realizadas con anterioridad a la es- 1 il tatizacion del circo hipico, cantidad aquella ya abonada por la \ | i Dirección Provincial de Hipódromos y pendiente de pago esta ‘ Hi! ultima. | i Que se hace necesario entonces normalizar la situación eco- | | rómica que se ha creado la Dirección Provincial de Hipódromos | I E al resolver hacer frente a tales erogaciones, consciente de los per- y ¡ | E juicios que la demora en satisfacerlos ocasiona en su personal. | | i Que la referida repartición sustituyéndose en los derechos 1 crediticios de los beneficiarios contra la Asociación Civil “Jockey H Club”, así lo ha solicitado pidiendo se le anticipen los fondos su- : i ficientes. i ‘| . i Hl 5 i i - | | ft | i . i : — 847 — : Por ello, el Interventor Federal en la provincia de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo — DECRETA CON FUERZA DE LEY: ¢ Art. 19 Entréguese a la Dirección Provincial de Hipódromos,. con cargo de reintegro, la suma de tres millones ciento treinta y . tres mil seiscientos pesos moneda nacional ($ 3.133.600 ™%), im- porte de las retroactividades y sueldos impagos del actual personal de la citada repartición. : Art. 2° Por la Tesoreria de la Provincia, previa intervencién de la Contaduria de la Provincia, depositese en la cuenta: “Direc- . . ción Provincial de Hipódromos, orden conjunta Gerente o Subge-- rente y Tesorero o Subtesorero”, hasta la suma de tres millones ciento treinta y tres mil seiscientos pesos moneda nacional (pe- . ses 3.133.600 ™), a los fines indicados en el artículo anterior. Art. 3° El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto-ley, se atenderá com la siguiente imputación: Anticipo de - . Rentas Generales, con cargo de reintegro, Ejercicio 1957. . Art. 49 El presente decreto-ley será refrendado por todos los. señores ministros secretarios de Estado, en Acuerdo General. Art. 5° Dése cuenta oportunamente a la Honorable Legislatura. Art, 6% Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y pase a la Contaduría de la Provincia, para su. conoci- . miento y efectos. BONNECARRERE. . E. CORTÉS, JUAN R. AGUIRRE LANARI, JAIME E. RUIZ, RODOLFO A. EYHERABIDE, E. Z. DE DECURGEZ, A. R, REYNAL O'CONNOR. | EJ : | + [ E ll \