Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 34

APRUEBA - INFORME FINAL DE GESTIÓN - MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN - JOSÉ LUIS GIUSTI

Estado no verificadoPublicación B.O.: 08/01/2024Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6588), los Decretos Nros. 1000/99 y sus modificatorios y complementarios, N° 458/19, la Disposición N° 24-DGOGPP/11, el Expediente Electrónico N° 45604514-GCABA-DGTALMDEP/23, y CONSIDERANDO: Que, por las actuaciones citadas en el Visto, tramita el informe final de gestión presentado por el señor José Luis Giusti, D.N.I. N° 20.008.464, C.U.I.L. 20-20008464- 1, por su desempeño como Ministro de Desarrollo Económico y Producción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, designado mediante Decreto N° 458/19; Que el artículo 104 inciso 9 de la Carta Magna establece que son atribuciones y facultades del Jefe de Gobierno nombrar a los funcionarios y agentes de la administración y ejerce la supervisión de su gestión; Que la Ley N° 70, en su artículo 25, establece que los responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos, deben redactar un informe final sobre su gestión; Que por Decreto N° 1.000/99 se aprobó la reglamentación de la Ley N° 70, cuyo artículo 14 dispone que la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto tiene a su cargo establecer las características y el alcance del informe final sobre la gestión de sus funcionarios responsables de Programas y Proyectos que se alejen de sus cargos; Que por Disposición N° 24-DGOGPP/11, la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, aprobó los estándares para la presentación del informe final de gestión, en los términos del artículo 25 de la Ley N° 70; Que la referida Disposición establece que la aprobación del informe final de gestión debe ser efectuada por la máxima autoridad de la jurisdicción o entidad, o por el Jefe de Gobierno en el caso de los Ministros y Secretarios del Poder Ejecutivo; Que el señor José Luis Giusti, D.N.I. N° 20.008.464, CUIL N° 20-20008464-1, en su carácter de funcionario saliente, presentó el informe final de gestión de conformidad con la normativa citada; Que, por lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo que apruebe el mencionado informe final de gestión, en el marco del artículo 25 de la Ley N° 70. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 70 y sus normas reglamentarias, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Aprobar el Informe Final de Gestión identificado como IF-2023-45604238- GCABA-MDEPGC, presentado por el señor José Luis Giusti, D.N.I. N° 20.008.464, C.U.I.L. 20-20008464-1, por su desempeño como Ministro de Desarrollo Económico y Producción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, designado mediante Decreto N° 458/19; conforme a lo establecido en el artículo 25 de la Ley N° 70. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y remítase a la Dirección General Técnica y Administrativa dependiente de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. MACRI - Grindetti