Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6504
Ley 6504/1961 - FACULTA AL PODER EJECUTIVO PARA FINANCIAR A SU EXCLUSIVO CARGO LOS COSTOS QUE DEMANDE LA PAVIMENTACION DE CALZADA DE UNA RUTA AVENIDA EN MIRAMAR, PARTIDO DE GENERAL ALVARADO.
En 3 i E a : Pe ~+ ” | { ~ 4 LEY N° 6.504 Pavimentación de la ruta avenida Hipólito Yrigoyen en Miramar, partido de General Alvarado El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de LEY Art. 19 Facúltase al Poder Ejecutivo para financiar a su exclu- sivo cargo, los costos que demande la pavimentación de cuatro me- tros de ancho de calzada de la ruta avenida Hipólito Yrigoyen, de la ciudad de Miramar, partido de General Alvarado, Art. 22 Los fondos que demande el cumplimiento de la presente ley se tomarán de Rentas Generales con imputación a la misma. Art. 32 Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los tres días del mes de agosto de mil novecientos sesenta y uno. HÉCTOR PORTERO. ARTURO A. CROSBTIL. Juan Carlos Monti, Juan José M. Raimondi, Secretagio de la C, de DD. Secretario del Señado. Registrada bajo el número seis mil quinientos cuatro (6.504). H E FsLipR Díaz O'KELLY. M Y | | » ; : if | — 37 — ñ La Plata, 24 de agosto de 1061. Visto el informe de la Secretaría Legislativa, producido sobre el trámite del proyecto de ley “de pavimentación de la ruta avenida Hipólito Yrigcyen, en Miramar, partido de General Alvarado”, y Considerando: Que la sanción definitiva del referido proyecto fue dada por el Honorable Senado el 3 del corriente, y comunicado al Poder Ejecutivo con fecha 8 del actual; Que habiendo vencido el término que fija el artículo 95 de la ) Constitución de la Provincia sin que el Poder Ejecutivo promulgue u observe la sanción legislativa, debe el suscripto ejercer la facul- tad que al respecto determina el citado artículo constituciona!. Por ello, el vicegobernador de la Provincia, en ejercicio de la Presidencia del Honorab'e Senado de Buenos Aires DECRETA: Art. 19 Téngase por ley de la Provincia, ia sanción legislativa “de pavimentación de la ruta avenida Hipólito Yrigoyen, en Mira- mar, partido de General Alvarado”, que el Honorable Senado san- cionó definitivamente el día 3 del corriente. Art. 22 Comuníquese al Poder Ejecutivo a los efectos administra- tivos de su registro, numeración, publicación en el “Boletín Oficial” y debido cuniplimiento. Art. 32 Comuníquese a la Honorable Cámara de Diputados. dése cuenta al Honorable Senado y publíquese en el Diario de Sesiones con transcripción del texto de la ley, fecho, archívese. ARTURO AL CROSETTL Juan José NM, Raiwondi. . : Fa / AN