Nación · Ley N° 24023

Ley 24023 - SE MODIFICA EL ART. 3 DE LA LEY 23555. PROMULGADA DE HECHO EL 10-12-91.

Derogada verificadaSanción: 14/11/1991Publicación B.O.: 18/12/1991Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Infoleg FERIADOS NACIONALES OBLIGATORIOS Ley Nº 24.023 Modificación del artículo 3º de la Ley Nº 23.555 Sancionada: Noviembre 17 de 1991 Promulgada de Hecho: Diciembre 10 de 1991. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Modifícase el artículo 3º de la ley 23.555 de la siguiente forma: Artículo 3º: Se exceptúan de la disposición del artículo 1º, los feriados nacionales correspondientes al Viernes Santo, 1º de Mayo, 25 de Mayo, 20 de Junio, 9 de Julio, 25 de Diciembre y 1º de Enero. ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. — ALBERTO R. PIERRI. — LUIS A. J. BRASESCO. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Mario D. Fassi. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.