Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 15
DESIGNA DIRECTOR EJECUTIVO - ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN - LUIS MARTÍN BOSCHET - MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: Las Leyes Nros. 6.292 y 2.855 (texto consolidado por Ley 6.017), el Decreto N° 463/19 y el Expediente Electrónico N° 39450576- GCABA-DGRHEATC-2019 CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Cultura; Que, por Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del citado Ministerio; Que, por Ley N° 2.855 se creó el "Ente Autárquico Teatro Colón" en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la organización y competencias determinadas en la presente ley; Que, a la vez dispone que la Dirección está a cargo de un Directorio integrado por cinco (5) miembros: el/la Director/a General, el/la Director/a Ejecutivo/a, y tres Directores/as Vocales y son designados y removidos por el Jefe de Gobierno; Que en razón de los expuesto, el Ministro de Cultura propicia la designación del Sr. Luis Martín Boschet, DNI N° 17.806.723, CUIL N° 20-17806723-1, en el cargo de Director Ejecutivo del Ente Autárquico Teatro Colón bajo la órbita del citado Ministerio; Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2019, al señor Luis Martín Boschet, DNI N° 17.806.723, CUIL N° 20-17806723-1, como Director Ejecutivo del Ente Autárquico Teatro Colón bajo la órbita del Ministerio de Cultura. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 6.017), comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas y al Ministerio de Cultura, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ente Autárquico Teatro Colón. Cumplido, archívese. SANTILLI p/p - Avogadro - Miguel