Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 3254
Decreto-ley 3254/1958 - (DECRETO-LEY 3254/958)DECLARANDO DE UTILIDAD PUBLICA SUPERFICIE EN ENSENADA.
a DECRETO - LEY N? 3.254 : Declarando de utilidad publica superficie en Ensenada S La Plata, 19 de marzo de 1958. Visto el expediente 2.400 -9.272, de 1957, elevado por el Ministe- rio de Obras Públicas, que se relaciona con la expropiación oportu- namente dispuesta por decreto 26.135, de fecha 19 de diciembre de 1950, contra el señor Ciriaco Arozamena y Garbini. propietario de la. tracción de 906,75 metros cuadrados de superficie, ubicada en la circunscripción IV, fracción D:, chacra 48, del partido de Ensenada, - con destino al emplazamiento de la Planta de Tratamiento de Agua en el Paraje denominado Punta Lara, partido del mismo nombre, y — Considerando: Que la Fiscalía de Estado, en virtud de la autorización conferida por el decreto citado, inició las actuaciones judiciales caratuladas “Ministerio de Obras Públicas contra Arozamena Ciriaco y Garbini sobre expropiación”, que tramitan ante el Juzgado de Primera Ins- . tancia en lo Civil y Comercial número 1, Secretaría número 7, del Departamento Judicial Capital, juicio éste que se halla permitido, Que la Comisión Técnica Asesora Interministerial, teniendo en cuenta que el bien de referencia fue ocupado en la ejecución de las obras, aconsejó el mantenimiento de la expropiación dispuesta, por subsistir las razones de utilidad pública que la motivaron. Que por lo expuesto, la Fiscalía de Estado solicita a foja 1, se dicte un nuevo decreto con fuerza de ley, calificando dicho bien como de utilidad pública, a los efectos de reiniciar el trámite de su expropiación. Por ello y teniendo en cuenta los informes producidos, el Inter- . ventor Federal en la provincia de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo — DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art. 19 Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación la superficie de novecientos seis metros cuadrados con setenta y cinco decímetros cuadrados (906,75 m2) de tierra, de propiedad de don Ciriaco Arozamena y Garbini, ubicado en la circunscripción IV, tracción D., chacra 48, del partido de Ensenada, con destino a la obra: Planta de Tratamiento de Agua en el paraje denominado Punta Lara, partido del mismo nombre. Art. 2° El presente decreto - ley, será refrendado por todos los ministros secretarios, en Acuerdo General, Art. 32 Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y pase a la, Fiscalía de Estado, a sus efectos, Ñ BONNECARRERE. : Jaime E. Ruiz, Juan R. AGUIRRE LANARI, E. Cortés, RODOLFO A. EYHERABIDE, E. Z. DE DECURGEZ, A. R. REYNAL O'CONNOR.