Nación · Ley N° 25582

Ley 25582 - DECLARASE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL AL EDIFICIO QUE FUERA EL MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, SITO EN LA MANZANA UBICADA ENTRE LAS AVENIDAS NUEVE DE JULIO, BELGRANO Y LAS CALLES MORENO Y LIMA DE LA CAPITAL FEDERAL.

Estado no verificadoSanción: 11/04/2002Publicación B.O.: 08/05/2002Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

infoleg MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS Ley 25.582 Declárase monumento histórico nacional al edificio que fuera el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, sito en la manzana ubicada entre las avenidas Nueve de Julio, Belgrano y las calles Moreno y Lima de la Capital Federal. Sancionada: Abril 11 de 2002. Promulgada: Mayo 2 de 2002. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Conforme lo dispuesto por las Leyes 12.665 y 24.252, declárase monumento histórico nacional al edificio que fuera el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, sito en la manzana ubicada entre las avenidas Nueve de Julio, Belgrano y las calles Moreno y Lima de la Capital Federal. ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DOS. — REGISTRADA BAJO EL Nº 25.582 — EDUARDO O CAMAÑO. — MARCELO E. LOPEZ ARIAS. — Eduardo D. Rollano. — Juan C. Oyarzún.