Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12735

Ley 12735/2001 - DECLARASE DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION INMUEBLES UBICADOS EN EL BARRIO VILLA DEL PLATA DE FLORENCIO VARELA A FIN DE AMPLIAR LAS INSTALACIONES DE LA EGB N° 15.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 20/09/2001
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 12735 12.735 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y ARTICULO 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación inmuebles ubicados en el Barrio Villa del Plata, del distrito de Florencio Varela, identificados catastralmente como: Circunscripción I, Sección E, Manzana 30, Parcelas 6, 7, 8, 9, 10 y 11, inscriptos sus dominios en el F° 407/47, a nombre de Panicaricca, Rodolfo y/o quién o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. ARTICULO 2°.- Los inmuebles expropiados en el artículo anterior, serán transferidos a la Dirección General de Cultura y Educación a fin de ampliar las instalaciones de la EGB N° 15. ARTICULO 3°.- El organismo de aplicación de la presente Ley será determinado por el Poder Ejecutivo. ARTICULO 4°.- Autorícese al Poder Ejecutivo para efectuar el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley. ARTICULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.