Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 154
APRUEBA - PRESUPUESTO - EJERCICIO 2026 - SOCIEDAD DEL ESTADO FACTURACIÓN Y COBRANZAS DE LOS EFECTORES PÚBLICOS FACOEP S E - MINISTERIO DE SALUD
VISTO: las Leyes 70 y 5.622 , los Decretos 1.000/99 y 157/25, el Expediente EX-2026- 03822307-GCABA-FACOEP, y CONSIDERANDO: Que por el expediente mencionado en el visto tramita la aprobación del presupuesto para el ejercicio 2026 formulado por la Sociedad del Estado Facturación y Cobranzas de los Efectores Públicos (FACOEP S.E), organismo bajo la órbita del Ministerio de Salud creado por la Ley 5.622; Que mediante la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la organización y el funcionamiento de sus órganos; Que el artículo 73 de la citada ley estipula que los directorios o máxima autoridad responsable de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del Estado aprueban el proyecto de presupuesto anual de su gestión y lo remiten a la Oficina de Presupuesto; Que, asimismo, el artículo 75 dispone que la Oficina de Presupuesto analiza los proyectos de presupuesto de las empresas y sociedades, y prepara un informe destacando si estos encuadran en el marco de las políticas, planes y estrategias fijadas, y aconseja los ajustes a practicar en aquellos si, a su juicio, su aprobación sin modificaciones pudiere causar un perjuicio patrimonial al Estado o atentar contra los resultados de las políticas y planes vigentes; Que, por su parte, el artículo 76 determina que corresponde al Poder Ejecutivo aprobar con los ajustes que considere convenientes, los presupuestos de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del Estado; Que el artículo 39 del Decreto 1.000/99 prevé que para la aprobación de los presupuestos, dentro del plazo señalado en la Ley, la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto debe preparar el informe de los proyectos recibidos, así como las estimaciones presupuestarias de oficio; Que, en ese sentido, a través del artículo 2° del Decreto 157/25 se fijó el cronograma para la formulación de los presupuestos para el ejercicio 2026 de las empresas públicas, sociedades del Estado y de todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias, de conformidad con el Anexo II integrante del citado decreto; Que, en el marco normativo citado, la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas elaboró el informe pertinente, en cumplimiento con lo establecido por el artículo 75 de la Ley 70, aconsejando la aprobación del presupuesto 2026 de la citada Sociedad del Estado; Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Aprobar el presupuesto para el ejercicio del año 2026 de la Sociedad del Estado Facturación y Cobranzas de los Efectores Públicos (FACOEP S.E.), bajo la órbita del Ministerio de Salud, de conformidad con lo detallado en el Anexo I (IF-2026- 15524951-GCABA-DGOGPP), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente. Artículo 2°.- Estimar los ingresos corrientes de la citada Sociedad en la suma de pesos DIEZ MIL SESENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SEIS ($ 10.066.675.006,00), y fijar en la suma de pesos DIEZ MIL SESENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SEIS ($ 10.066.675.006,00) los gastos corrientes, de acuerdo con el detalle que figura en la planilla en el Anexo I (IF- 2026-15524951-GCABA-DGOGPP). Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por los Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Para su conocimiento y demás efectos, remitir al Ministerio de Salud. Cumplido, archivar. MACRI - González Bernaldo de Quirós - Arengo Piragine - Sánchez Zinny